Quiénes son los jueces que dictaron la cautelar contra la reforma laboral del DNU
Se trata de José Alejandro Sudera y Andrea García Vior. Otra camarista votó en disidencia.
Este mediodía, la Justicia del Trabajo resolvió este miércoles hacer lugar a la medida cautelar solicitada por la CGT que suspende la aplicación de las normas laborales incluidas en el DNU presentado por el presidente Javier Milei. El fallo fue firmado por los jueces José Alejandro Sudera y Andrea García Vior. En cambio, María Dora González votó en disidencia.
Los jueces de la Sala de Feria de la Cámara del Trabajo que dictaron la cautelar contra la reforma laboral se sumaron a la Cámara a mediados de 2021, cuando el Senado aprobó 33 pliegos de jueces y fiscales propuestos por el Poder Ejecutivo. Ambos fueron designados a la Sala II.
Sudera trabaja en la Justicia hace 30 años y fue juez de primera instancia durante 15. En 2010, cuando era titular del juzgado laboral 56, fue candidato para integrar el Consejo de la Magistratura. En 2022, integró la Junta Electoral de la Asociación de Magistrados.
Por su parte, García Vior se había desempeñado en varios cargos de la Cámara del Trabajo y fue jueza de primera instancia antes de ser designada camarista.
Comenzó su carrera en 1987, en la Sala II, luego pasó por un juzgado de primera instancia, y terminó siendo secretaria de esa misma Sala durante diez años. En 2014 ganó un concurso y regresó como jueza de primera instancia.
Este mediodía se conoció el fallo por dos votos a uno de la Cámara de feria que hizo lugar a una medida cautelar pedida por los abogados de la CGT.
“Es un hecho público y notorio que el de los trabajadores es un sector socialmente vulnerable y que se encuentran en juego derechos de naturaleza alimentaria -per se o por sus derivaciones-, no tengo dudas de que se encuentran configuradas las circunstancias graves y objetivamente impostergables que justifican el dictado de una medida cautelar suspendiendo la aplicabilidad de lo dispuesto en el Titulo IV TRABAJO del Decreto de Necesidad y Urgencia n.° 70/23 hasta tanto recaiga sentencia definitiva sobre la cuestión de fondo ventilada en estos actuados (arg. art. 5° segundo párrafo de la ley 26854)”, sostuvo el fallo firmado por Sudera y García Vior.
En el fallo también se incluyen citas de Juan Bautista Alberdi: “Las formas republicanas no son mera retórica sino que hacen a la esencia misma del sistema”.
En disidencia, puso su firma la tercera jueza, González, por considerar que el caso debía pasar a la Cámara Contencioso Administrativo Federal.