Polémica por proyecto que busca cobrarle la atención médica a extranjeros
Surgió luego de que Bolivia rechazara un pedido para que los argentinos accedan al servicio gratuito en el país vecino. ¿Qué dice la Constitución Nacional? Encendidos debates sobre el tema.
Temas de salud tensaron el martes las relaciones entre los gobiernos de Bolivia y Argentina. Los hechos se dispararon luego de que el diputado nacional y presidente de la Comisión de Seguridad Interior Luis Petri (UCR-Cambiemos) presentara un proyecto de ley que busca regular el acceso gratuito a los servicios de educación y salud de los inmigrantes, sobre la base de criterios de reciprocidad. La iniciativa nació después de que Bolivia rechazara un pedido argentino de reciprocidad en la atención médica de inmigrantes. El pedido había sido elevado en octubre, e instaba a Bolivia a que adopte la misma postura que Argentina y brinde cobertura a los inmigrantes. La solicitud fue rechazada hoy, en un comunicado.
Petri dijo que "el objetivo del proyecto es garantizar el acceso igualitario a todos aquellos extranjeros que elijan residir en la Argentina de manera permanente, que vengan a trabajar, que aporten al crecimiento del país y que quieran proyectar sus sueños aquí y establecer un régimen para aquellos extranjeros no permanentes a fin de afrontar los costos de los servicios".
El funcionario aseguró que los diputados del oficialismo consideran que "para el acceso a la salud y educación pública, en niveles terciario y universitario, las personas que ingresan al país con carácter transitorio, temporario o precario, la condición de gratuidad debe ser a condición de reciprocidad" . "Si un argentino puede ser atendido en el país de origen, la persona que provenga de ese país también podrá ser atendida en Argentina", explicó el legislador de Cambiemos. En ese sentido, aseguró que el proyecto "no incluye a aquellas personas que tengan una residencia permanente", quienes tendrán los mismos derechos que los habitantes argentinos.
Si la reciprocidad y el convenio de compensación no se logran concretar, los legisladores pidieron establecer la posibilidad de que el Poder Ejecutivo paute aranceles para el extranjero que se atiende en los hospitales. En esta última instancia, la persona que se atienda sería la que deba abonar el servicio en forma particular.
El conflicto por el sistema sanitario argentino viene de larga data, pero se potenció en las últimas semanas, cuando el ministro de Salud de Jujuy, Gustavo Bouhid, propuso un proyecto de ley para que los bolivianos que cruzan la frontera hacia Argentina paguen por ser atendidos en los hospitales públicos de la provincia. El funcionario de Jujuy comentó que "el proyecto de ley es para que el Estado boliviano pague, no el ciudadano". "Es una de las tantas estrategias planteadas para cambiar la realidad en la provincia", agregó. A la vez, Bouhid explicó que "Jujuy, a diferencia de otras provincias, no tiene instrumentada la ley de recupero, con lo cual, si usted se atiende en el hospital público de Jujuy y tiene una cobertura social nacional, sindical o provincial, no le pagan al hospital público".
Reforma constitucional
A pesar de las discusiones y el proyecto de ley que baraja el oficialismo, se deberá tener en cuenta que, de aprobarse, entraría en contradicción con un derecho constitucional. Dicho de otro modo, se deberá llevar a cabo la modificación del art. 20 de la Constitución para que la potencial ley sea reconocida legítimamente.
A saber
Artículo 20 de la Constitución Nacional- Los extranjeros gozan en el territorio de la Nación de todos los derechos civiles del ciudadano; pueden ejercer su industria, comercio y profesión; poseer bienes raíces, comprarlos y enajenarlos; navegar los ríos y costas; ejercer libremente su culto; testar y casarse conforme a las leyes. No están obligados a admitir la ciudadanía, ni pagar contribuciones forzosas extraordinarias. Obtienen nacionalización residiendo dos años continuos en la Nación; pero la autoridad puede acortar este término a favor del que lo solicite, alegando y probando servicios a la República. […]