El presidente Javier Milei anunció esta miércoles por la noche las reformas incluidas en el Decreto de Necesidad y Urgencia publicado en el boletín oficial.

El mismo incluye la "derogación de la Ley de Alquileres: para que el mercado inmobiliario vuelva a funcionar sin problemas y que alquilar no sea una odisea".

¿Qué cambios traerá la derogación de la Ley de Alquileres? Por un lado, el plazo de los contratos de alquiler será el que las partes hayan establecido, mientras que en caso de no aclararse, serán de dos años

Además, las partes podrán pactar entre sí los ajustes que se realicen en el valor del alquiler, por lo que el mismo no se regirá ni por el Índice de Contratos de Locación (ICL) que usaban los contratos firmados después de julio del 2020 ni por el el índice Casa Propia establecido este año.

En el decreto se indica que "será válido el uso de cualquier índice pactado por las partes, público o privado, expresado en la misma moneda en la que se pactaron los alquileres".

Por otra parte, las partes podrán definir en qué moneda hacer los contratos (pesos, dólares o cualquier otra moneda extranjera).

"Es preciso respetar la voluntad de los ciudadanos de pactar las formas de cancelación de sus obligaciones de dar sumas de dinero, sin distinción del curso legal o no de la moneda que se determine, sin que pueda el deudor o el juez que eventualmente intervenga obligar al acreedor a aceptar el pago en una moneda diferente, salvo pacto en contrario", se indica en el decreto.

También se aclara que las partes podrán determinar libremente las cantidades y moneda entregadas en concepto de fianza o depósito en garantía, en tanto que el inquilino podrá rescindir el contrato abonando el equivalente al 10% del saldo del canon locativo futuro

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