La Justicia citó a declarar al ex gimnasta olímpico Federico Molinari por presunto ciberacoso sexual infantil
El ex gimnasta olímpico deberá presentarse el jueves en la Fiscalía especializada en delitos conexos a la trata de personas y Pornografía Infantil del Departamento Judicial de San Isidro.
Tras ser acusado por ciberacoso sexual infantil —conocido como Grooming. el ex gimnasta olímpico, Federico Molinari, fue citado el próximo jueves por la Justicia para declarar sobre una denuncia en su contra realizada en marzo del año 2023.
El gimnasta argentino de 40 años y finalista olímpico en Londres 2012 deberá presentarse en la Fiscalía especializada en delitos conexos a la trata de personas y Pornografía Infantil del Departamento Judicial de San Isidro.
Tras la denuncia elaborada por la familia de una nena de 16 años, la Justicia deberá determinar si el ex deportista es culpable (o no) del delito de captación por medios tecnológicos de una menor edad con fines sexuales.
La madre de la menor de edad, una gimnasta oriunda de la provincia de Mendoza, se mudó a Buenos Aires junto con su hija adolescente en el año 2021 para entrenar en la escuela de Molinari y dedicarse de lleno a la alta competencia.
El ex gimnasta olímpico contactó a la menor de edad por Instagram. Desde allí le enviaba mensajes privados: "Cómo agitaste al público, te llevaste todas las miradas, incluso la mía", "Un fuego", "Cuando te vea en el gimnasio me voy a poner rojo como un tomate...jajaja", "Querés que te cuide un día de estos? creo que me animo", entre algunas de las frases que encontró la Justicia.
Molinari negó las acusaciones desde un primer momento. "Siempre tuve un cordial círculo con la alumna y los contactos que he mantenido con ella han estado destinados a acompañarla", realizó un descargo en las redes sociales.
En tanto, dijo que sobre el delito del que se lo acusa "no implica ningún tipo de abuso ni contacto físico con la menor, sino que hace referencia a aparentes mensajes míos inapropiados".
La audiencia puede ser determinante para el futuro, ya que el imputado puede ejercer su derecho de defensa de manera activa, por lo que sostiene el artículo 308 del Código Procesal Penal de la Provincia de Buenos Aires. Asimismo, es la etapa en la que el imputado es convocado por el fiscal del caso, cuando este entiende que "existen indicios suficientes de su participación en un delito".