Personal doméstico: así quedaron los salarios en cada categoría tras los recientes aumentos
El sindicato de trabajadoras de casas particulares firmó un incremento del 27% en tres cuotas. Se pagarán en abril, mayo y junio. Más detalles, en la nota.
En las últimas horas, el Gobierno Nacional oficializó las nuevas escalas salariales para el personal doméstico. Se trata del primer tramo de un acuerdo de ajustes que ya fue pactado para los meses de abril, mayo y junio. En total, el incremento será del 27%.
La suba de los salarios de abril, que se pagan en mayo, será del 14%, para quienes cobran en forma mensual. Mientras que a partir de mayo, el aumento será del 7% y el último incremento establecido -que regirá desde junio- será del 6%.
¿Cómo quedaron establecidos los sueldos?
Servicio doméstico de menor categoría (tareas generales): $697,50 por hora en abril, $740 en mayo y $777 en junio. Actualmente es de $611,50. Supervisores: $841,50 en abril, $893 en mayo y $937,50 en junio. El precio también es por hora y actualmente se ubica en $738.
Caseros: $752 en abril, $798 en mayo y $838 en junio. Actualmente: $659,50 p/h. Siempre y cuando se cumpla con el mínimo de horas requeridas y con retiro, el salario mensual debería ser actualmente de $75.075, mientras que en abril ascenderá a $85.586, en mayo $90.841 y junio $95.345,50 completando el 27% de aumento establecido.
Por su parte, el personal para tareas específicas, saltará de $95.248,5 (sin retiro) a $108.583,50 en abril, $115.251 en mayo y $120.966 en junio.
Además, se oficializó el adicional por zona desfavorable equivalente al 30% sobre los salarios mínimos establecidos para el personal que preste servicios en La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, o en el Partido de Patagones de la Provincia de Buenos Aires.
Cabe destacar que desde septiembre de 2021 está vigente el adicional por antigüedad, que se calcula en una relación uno a uno (1% por cada año de antigüedad del trabajador en la relación laboral) que se debe aplicar también sobre los salarios mínimos establecidos.
El personal que efectúe tareas y labores que se puedan incluir en más de una categoría quedará comprendido en aquella que resulte ser la principal, es decir en la que más tareas realiza con habitualidad.
Cabe recordar que la categoría “Personal para tareas generales”, también conocida como “la quinta categoría”, es la que más trabajadores engloba en el país.