La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica ( ANMAT) prohibió la elaboración y la comercialización en todo el país de dos marcas de aceite de oliva a las que consideró “productos ilegales” por “carecer de registros sanitarios y estar falsamente rotulados”.

Las resoluciones 10038/2022 y 10037/2022 fueron publicadas este lunes en el Boletín Oficial, con la firma del farmacéutico Manuel Limeres, titular del organismo de control.

El primer producto prohibido es el  “Organic Olisa Premium Quality - Extra Virgin Olive Oil - Aceite de oliva, Virgen Extra de Primera presión en frío - Elaborado por RNE 02-034255, RNPA Expte 4120-004917-21 - Producto de La Rioja - Industria Argentina”.

La denuncia fue realizada por un consumidor que al comprarlo sintió que el aceite estaba "sin aroma a oliva y el cual al ser sometido al calor emana olor fétido".

Según la denuncia, el producto no presentaba aroma a oliva.

El Instituto de Control de Alimentación y Bromatología (ICAB) de Entre Ríos realizó las consultas pertinentes a la Dirección de Seguridad Alimentaria de La Rioja, al ser un producto proveniente de esa provincia. El instituto respondió que “el código del número de registro no corresponde a la jurisdicción consultada”.

Luego de una investigación la ANMAT dispuso: "Prohíbese la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y en plataformas de venta en línea del producto Organic Olisa Premium Quality - Extra Virgin Olive Oil - Aceite de oliva, Virgen Extra de Primera presión en frío - Elaborado por RNE 02-034255, RNPA Expte 4120-004917-21 - Producto de La Rioja - Industria Argentina, en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento, por carecer de registros sanitarios y por estar falsamente rotulado al exhibir en el rótulo un número de RNE perteneciente a otro elaborador y un RNPA inexistente, resultando ser un producto ilegal".

El otro producto cuya elaboración, fraccionamiento y venta fue prohibida por ANMAT en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento, es el “Aceite de oliva extra virgen - Intenso Premium - marca Dell’ Olivo - Elaborado por Dell’ Olivo S.A - RNE N° 04055381, RNPA N° 04066198”.

El aceite de oliva Dell' Olivo "carecía de registros sanitarios y estaba falsamente rotulado", según ANMAT.

En este caso, intervino la Dirección General de Control de la Industria Alimenticia de la provincia de Córdoba, ante una consulta sobre la veracidad de los registros del producto. Este organismo detectó que el RNE N°04055381 es inexistente, y que el RNPA N°04066198 se encuentra vigente, pero pertenece a otro producto denominado “ARVEJAS ENTERAS SYTARI”.

En consecuencia, por las mismas razones que en el aceite anterior, fue considerado como un “producto ilegal”.

ANMAT prohibió una marca de aceite de oliva by Crónica on Scribd

ANMAT prohibió una segunda marca de aceite de oliva by Crónica on Scribd