La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica ( ANMAT) prohibió este miércoles a través de su publicación en el Boletín Oficial de una miel de abejas, por mostrar distintas irregularidades administrativas en su proceso de elaboración.

En primer término, la Disposición 9732/2022 estableció la prohibición de la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional, y en plataformas de venta en línea, del producto  Miel de abeja, marca “El Tridente”, en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento, por carecer de registro de establecimiento y de producto, resultando ser en consecuencia un producto ilegal.

Entre las razones de esta determinación, en su considerando, ANMAT señala que las actuaciones se inician a raíz de consultas particulares acerca del producto, que no cumpliría con las disposiciones de la normativa vigente.

Con origen en la zona de Mercedes, provincia de Buenos Aires, el Departamento de Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos, del Instituto Nacional de Alimentos, realizó la consulta federal a la Dirección de Industrias y Productos Alimenticios (DIPA) del Ministerio de Desarrollo Agrario de esa provincia, que indicó que el producto es inexistente.

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Se explicó allí que la miel se halla en infracción por carecer de registro de establecimiento, resultando ser en consecuencia un producto ilegal, por lo que se fijó que no podrá ser elaborado en ninguna parte del país, ni comercializado ni expendido en el territorio de la República Argentina.

ANMAT: otra miel prohibida

En tanto, tiempo atrás, la ANMAT había prohibido la elaboración, tenencia, fraccionamiento, transporte, comercialización y exposición de una miel en todo el país, por problemas en el cumplimiento de la normativa vigente.

Se trata del producto Miel ‘La Tranquera’", con vencimiento en abril de 2023, en tanto, la irregularidad surgió a partir del aviso de la Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria (ASSAl), que había tomado muestras oficiales reglamentarias en uno de sus monitoreos habituales.

Según constaba en la disposición con firma del titular del organismo, Manuel Limeres, el resultado del control fue “No Conforme”. Allí se reveló que el producto, que era elaborado por el emprendimiento Omar González, radicado en Santa Fe, contaba con un RNE declarado que no existía y un RNPA que estaba vencido y que correspondía a otro producto.

Además, en el análisis físicoquímico de la miel se encontró presencia glucosa en su composición, pero también de 79,2 mg HMF/Kg de hidroximetilfurfural, un porcentaje superior al permitido por el Código Alimentario Argentino (CAA) para ese compuesto químico.

Así, al determinar que se trata de un bien que "no puede ser identificado en forma fehaciente y clara”, y, por lo tanto, no poder garantizar su trazabilidad, sus condiciones de elaboración y su calidad, la Anmat prohibió la elaboración, tenencia, fraccionamiento, transporte, comercialización y exposición en todo el territorio nacional.

Luego de una larga investigación, la ANMAT dispuso: "Prohíbese la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional del producto Miel La Tranquera, Elaborado por OMAR GONZÁLEZ, Belgrano 17 Bis - 2128, Arroyo Seco, Sta Fe, RNE 21-062424, RNPA 21-088970, por carecer de registro de establecimiento y de producto, y por estar falsamente rotulado al exhibir en el rótulo un número de RNE inexistente y de RNPA perteneciente a otro producto y vencido, y por contener hidroximetilfurfural en un porcentaje superior al permitido por el CAA, resultando ser en consecuencia un producto ilegal".