Después de que la Justicia señalara que quienes tengan Covid-19 o estén aislados por ese motivo no podrán votar en las  PASO, la titular de la Dirección Nacional Electoral, Diana Quiodo, informó que deberán justificar la inasistencia por vías remotas dentro de los 70 días posteriores a la elección.

"La recomendación general es que no concurran a votar todas las personas que tengan caso confirmado de Covid-19, sean contacto estrecho o sospechosos o estén en cuarentena", explicó. La funcionaria dijo que esos ciudadanos "están exceptuados" de votar en esas condiciones de salud y apuntó que el Código Electoral prevé la ausencia de las "personas enfermas", a la vez que puntualizó que se puede hacer "de una manera ágil por internet en la página infractores.padron.gob.ar para poder cagar el certificado correspondiente".

Días atrás, la Cámara Nacional aprobó el "protocolo general de la votación" en medio de la pandemia por coronavirus, que aconsejaba no ir a votar a los ciudadanos con coronavirus pero "no se previó un mecanismo específico" para los que igualmente quisiesen votar "sino que otorgó a cada juez de primera instancia poder definir" la forma "para voto Covid".

Por eso, los jueces electorales de la Ciudad de Buenos Aires, María Servini y de la provincia de Buenos Aires, Alejo Ramos Padilla, efectuaron una recomendación en "general de no concurrir a votar en los casos de Covid-19 o contacto estrecho".

Cabe destacar que también se dispuso una "franja prioritaria" en el horario de votación para las personas mayores, de 10.30 a 12.30, pero advirtió que los magistrados Servini y Ramos Padilla la ampliaron a toda la jornada de votación, entre las 8 y las 18.

Por último, la titular de la Dirección Nacional Electoral aseveró que "no es obligatorio un (análisis) PCR para ser autoridad de mesa" y que, en el caso de la Ciudad de Buenos Aires, la jueza electoral hizo la "recomendación de presentación de hisopado".