El Gobierno liberó las tarifas de internet, telefonía móvil y TV por cable: la medida de Enacom que habilita aumentos
El límite de las subas para los servicios de telecomunicaciones era de entre el 5% y 10% mensual y ese tope dejará de regir, ante la determinación de los interventores del Enacom.
El Enacom (Ente Nacional de Telecomunicaciones) eliminó las regulaciones que establecían un tope a las tarifas de internet, telefonía móvil y televisión por cable. Hasta ahora, el límite de los aumentos, fijado por decreto, era de entre el 5% y 10% mensual. Como consecuencia de la nueva determinación, las empresas tendrán habilitado fijar los precios que consideren convenientes.
Se trata de una decisión de sus interventores Juan Martín Ozores, Patricia Roldán y Alejandro Pereyra, enmarcada en el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 302/2024 que anulaba el DNU 690/2020. Este último declaraba a los servicios como públicos esenciales y estratégicos y le otorgaba la facultad al Enacom de regular las tarifas de estos servicios.
"Los licenciatarios de Servicios de TIC fijarán sus precios, los que deberán ser justos y razonables, cubrir los costos de la explotación y tender a la prestación eficiente y a un margen razonable de operación", señalan los considerandos de la medida adoptada por el Gobierno de Alberto Fernández.
A través de la Resolución 13/2024 publicada en el Boletín Oficial, las empresas de telecomunicaciones recuperan la capacidad de fijar libremente sus precios, algo que el organismo regulador justifica como necesario para "salvaguardar las reglas que permitan el desarrollo de un mercado en competencia".
La resolución, firmada por la intervención del ENACOM, entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial, marcando un cambio en la política regulatoria del sector de las telecomunicaciones.
Del mismo modo, surge de los propios considerandos del DNU N° 302/2024 que "los servicios de TIC han sido creados en competencia, así como la prestación de los servicios de comunicaciones móviles, siendo una facultad esencial para su desarrollo y crecimiento la posibilidad de que los licenciatarios puedan fijar sus precios libremente".
También señala que el DNU N° 690/2020 establece: "Una modificación esencial sobre el marco jurídico del sector, que debe ser corregida con el fin de salvaguardar las reglas que permitan el desarrollo de un mercado en competencia y la libre fijación de los precios de los servicios prestados".