Suspenden el paro de colectivos previsto para el jueves en el AMBA
Los colectiveros de la agrupación "Juan Manuel Palacios" dejaron sin efecto el parto de 24 horas estipulado para el jueves, luego de acordar negociaciones con las autoridades. Los detalles.
Los colectiveros del sector opositor a la conducción nacional de la Unión Tranviarios Automotor (UTA) dejaron sin efecto este martes el paro de 24 horas previsto para el jueves de esta semana.
Según precisaron, se debe a que acordaron la realización de negociaciones con las autoridades del Ministerio de Trabajo para buscar una solución a sus demandas laborales y sindicales.
Los choferes de la Lista Azul pertenecientes a la agrupación "Juan Manuel Palacios" habían programado un paro de 24 horas para este jueves, el cual contemplaba a cerca de 80 líneas del AMBA (Área Metropolitana Buenos Aires), es decir, la Capital Federal y el Gran Buenos Aires.
Desde la agencia estatal Télam indicaron que desde el sector llegaron a un acuerdo con autoridades del Ministerio de Trabajo para dialogar sobre aumentos salariales y la toma de posesión de la conducción de cinco seccionales en las que aseguran haberse impuesto al oficialismo de Roberto Fernández, secretario general de la UTA a nivel nacional.
Vale mencionar que los colectiveros opositores realizaron el viernes último un parto de 12 horas que no solo tuvo alto acatamiento en el AMBA, sino que también incluyó un acampe frente al Ministerio de Trabajo.
Los dirigentes gremiales de la mencionada lista reclaman una "paritaria única para todo el país con un sueldo inicial de $350.000" y que se les reconozca la "inmediata puesta en posesión" de las seccionales Córdoba, Santa Fe, Jujuy, Santiago del Estero y Mar del Plata.
Además, demandan el fin de la aplicación del artículo 223 bis de Ley de Contrato de Trabajo, el cual contempla acuerdos directos entre una empresa o cámara representante de empleadores y el sindicato con personería gremial, con el fin de aplicar suspensiones al personal abonando una suma no remunerativa en contraprestación.
El mismo puede basarse en "falta o disminución de trabajo, no imputables al empleador, o fuerza mayor debidamente comprobada" y debe contar con acuerdo y homologación correspondiente.