Llega junio, y como otros trabajadores en relación de dependencia, aquellos que realizan tareas domésticas en casas particulares percibirán junto al haber mensual el primer Sueldo Anual Complementario (SAC), más conocido como aguinaldo.

Quienes deban liquidarle este dinero al personal del servicio doméstico deben realizar un cálculo en función del salario y de la cantidad de meses trabajados. Además, es importante considerar la fecha límite de pago contemplada por Ley de Contrato de Trabajo.

Formalmente llamado Sueldo Anual Complementario (SAC), el aguinaldo consiste en un dinero que se divide en dos pagos: una primera mitad en junio y la otra en diciembre. Cada medio aguinaldo corresponde al 50 por ciento de la mayor remuneración mensual percibida dentro de cada uno de los semestres.

¿Cuándo se le debe pagar el aguinaldo al servicio doméstico?

De acuerdo a la Ley 27.073, que modificó en 2015 el artículo 122 de la Ley de Contrato de Trabajo, los empleadores tienen una fecha límite para abonar el aguinaldo. Según está establecido en dicha norma, “el sueldo anual complementario será abonado en dos cuotas: la primera de ellas con vencimiento el 30 de junio y la segunda con vencimiento el 18 de diciembre de cada año”.

¿Cómo se calcula el aguinaldo de las empleadas domésticas?

Para calcular el aguinaldo, es necesario tener en cuenta los incrementos de los últimos meses para conocer correctamente de cuánto es este monto.

Según indica la normativa, “el importe a abonar en cada semestre será liquidado sobre el cálculo del 50 por ciento de la mayor remuneración mensual devengada por todo concepto dentro de los dos semestres que culminan en los meses de junio y diciembre de cada año”.