NUEVO BONO de $234.000: con pocas condiciones, ¿cómo cobrar el EXTRA de ANSES?
La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) confirmó el pago de un bono que aliviará el bolsillo de ciertos beneficiarios. En la nota, enterate de qué manera percibirlo.
Desde este lunes 22 de julio, la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) comenzó a pagar un bono de más de $234.000. Si bien no todos tendrán la posibilidad de percibirlo, hará una gran diferencia en los ingresos de muchas personas, por lo que vale la pena conocer los detalles.
Corresponde a una ayuda económica que la ANSES entrega mientras paga los aumentos proporcionales al Índice de Precios al Consumidor (IPC) de mayo, ya que así lo señala la nueva fórmula de movilidad que fue establecida por el Gobierno de Javier Milei.
Aunque existen ciertos requisitos para ver reflejado el monto extra en la cuenta bancaria brindada ante el organismo social, estos no son demasiados, motivo por el cual se podrá obtener la aprobación en simples pasos. La información completa está en anses.gob.ar.
Crónica HD: ¿Cómo funciona la nueva fórmula de movilidad?
ANSES: ¿Quiénes cobrarán el nuevo bono de $234.000?
El monto es en concepto de la Prestación por Desempleo de la ANSES, el cual depende del Salario Mínimo, Vital y Móvil. Este se encuentra en $234.315, por lo que ese es el número exacto que van a percibir los beneficiarios. El trámite es gratuito y, durante la vigencia de la prestación, tenés derecho a asignaciones familiares y a la obra social a la que estabas afiliado.
"Podés solicitar esta prestación si fuiste despedido sin justa causa, por finalización de contrato o por causas externas a vos, siempre y cuando hayas estado trabajando en relación de dependencia comprendido en la Ley de Contrato de Trabajo N° 24.013", aclara la página web oficial del Gobierno.
Prestación por Desempleo: los requisitos para acceder al cobro
- Trabajadores permanentes: tener al menos 6 meses de trabajo con aportes en los últimos 3 años anteriores al despido o finalización del contrato.
- Trabajadores eventuales y de temporada: haber trabajado menos de 12 meses en los últimos 3 años y más de 90 días en el último año, antes de la finalización del trabajo.
Además, se necesita presentar la siguiente documentación:
- DNI (original y copia).
- Documentación que compruebe el desempleo (original y copia), según el caso:
-Despido sin justa causa: telegrama de despido, carta documento o nota de despido con firma certificada del empleador.
-Despido por quiebra o concurso preventivo del empleador: nota del síndico certificando la disolución del contrato laboral, sentencia de quiebra autenticada por juzgado, telegrama del empleador notificando el cese por quiebra o el ejemplar del Boletín Oficial donde se publicó la quiebra.
-Resolución del contrato de trabajo por denuncia del trabajador fundada en justa causa: telegrama de intimación y telegrama de desvinculación laboral enviados por el trabajador.
-No renovación de un contrato a plazo fijo: copia del contrato de trabajo vencido.
-Fallecimiento de un empleador unipersonal: copia certificada del acta de defunción.
-En caso de haber padecido una enfermedad/accidente no laboral o enfermedad/accidente laboral al momento de producirse el cese en su último empleo: certificado médico de aptitud laboral para ocupar un puesto de trabajo acorde a su situación de salud.
Prestación por Desempleo: ¿Cómo hacer el trámite?
1. Reunir toda la documentación personal y familiar correspondiente.
2. Ingresar en "Atención Virtual" con el CUIL y la Clave de la Seguridad Social.
3. También se puede hacer este trámite en una oficina de la ANSES con turno previo.
El monto y la cantidad de cuotas (entre 2 y 12) se calculan según los ingresos y meses trabajados (con aportes) durante los últimos 3 años. Los trabajadores mayores a 45 años cobran durante 6 meses más.