La Administración Federal de Ingresos Públicos ( AFIP) se meterá tu billetera... virtual. ¿Cómo es esto? El organismo actualizó recientemente los montos mínimos que forzaban a los flamantes "bancos digitales" a informarle sobre los movimientos de los usuarios.

Según informó la AFIP, esta disposición no "implica cambios". La intención detrás de esta medida es prevenir la evasión, debido a que es uno de los requisitos a los que se comprometió el país con el Fondo Monetario Internacional (FMI).

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AFIP y su nueva regulación de las billeteras virtuales.

Desde el ente nacional apuntaron sobre la Resolución General 5193/2022 que se publicará el próximo viernes en el Boletín Oficial: “La modificación optimiza la calidad de los datos con los que cuenta el organismo para fiscalizar las operaciones canalizadas a través de cuentas virtuales”.

¿Qué pasará con tus billeteras virtuales?

Desde los $30.000, los proveedores de servicios de pagos deberán informar los ingresos y egresos en las cuentas. De este modo, las billeteras virtuales deben informar los saldos finales mensuales cuando sean iguales o superiores a $90.000.

Previamente, debían informarlo a partir de los $10.000. Las transferencias bancarias o virtuales superiores a $200.000 también deberán ser informadas.

Desde el organismo que conduce Mercedes Marcó del Pont aseguraron que esta actualización en los montos no modifica la actividad de los usuarios, ya que estos operan como cajas de ahorro.