Excelente noticia de ANSES: está confirmado un bono de $78.000, ¿cómo se cobra?
Se trata de un importante bono que la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) puso a disposición de sus beneficiarios. Con pocas condiciones, consultá acá si podés percibirlo y otros detalles.
Recientemente, la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) confirmó el pago de un nuevo bono de $78.000 que ayudará económicamente a un montón de familias. Si bien posee un concepto específico, no se requiere cumplir con muchos requisitos para poder acceder.
Su objetivo es brindar apoyo con el fin de que los beneficiarios tengan la posibilidad de mejorar su situación laboral y cotidiana. En cualquier caso, es clave conocer las especificaciones que brindó la ANSES junto al Gobierno y, más puntualmente, el Ministerio de Capital Humano.
No es necesario realizar ningún trámite complejo para percibir el adicional: lo más importante es mantener los datos personales actualizados ante el organismo. Más información en anses.gob.ar.
Todas las novedades de la ANSES están en el informe de Crónica HD
ANSES paga un bono de $78.000: a qué se debe y cómo cobrarlo
Se trata del pago destinado a los beneficiarios de los programas “ Acompañamiento Social” y “Volver al Trabajo”, que antes conformaban el “Potenciar Trabajo” de la ANSES. Este último fue dividido en dos, por lo que es clave comprender sus diferencias y saber si se puede cobrar el bono de $78.000.
En septiembre 2024, el monto de acreditación automática no se actualizó para ninguna de las dos prestaciones y continúa siendo el mismo desde diciembre de 2023. Los interesados tienen que cumplir con los requisitos solicitados por el Gobierno para disponer de él, los cuales son los siguientes:
- Ser titular de alguno de los dos programas, es decir, Acompañamiento Social o Volver al Trabajo.
- Actualizar y validar los datos personales en “Mi ANSES”, ingresando desde una computadora o un celular.
- En caso de tener empleo formal, la remuneración bruta mensual debe ser inferior al valor del Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM), para Acompañamiento Social.
- En el caso de Volver al Trabajo, el valor no puede exceder tres SMVM.
Cómo consultar el cobro de las prestaciones de la ANSES
1. Acceder a “Mi Argentina” o a Mi ANSES.
2. Ingresar el número del CUIL.
3. Introducir la Clave de la Seguridad Social.
4. Seleccionar la opción “Mis cobros”.
5. Verificar las prestaciones correspondientes al mes actual.
“ Acompañamiento Social” y “Volver al Trabajo” de la ANSES: cuáles son sus diferencias y cómo saber cuál se puede cobrar
Está destinado a las personas de más de 50 años y a las madres de cuatro hijos o más, menores de 18 años. Depende de la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia.
El objetivo es, de acuerdo a la página web oficial, “mejorar las condiciones laborales y la calidad de vida de las familias, promoviendo su autonomía y desarrollando sus capacidades”.
El programa brinda talleres sobre educación, salud, nutrición y derechos; capacitaciones para impulsar emprendimientos socioproductivos; asesoramiento para jubilarse; y ayuda económica o material para garantizar una nutrición adecuada.
Volver al Trabajo
Pertenece a la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, y es para quienes tienen entre 18 y 49 años. Es compatible con otras prestaciones de la ANSES, como la Asignación Universal por Hijo (AUH).
Tiene como finalidad “desarrollar y consolidar un nivel de competencias sociolaborales para sus beneficiarios que les permita alcanzar un nivel de empleabilidad inicial real y mejorar sus oportunidades de inserción laboral”, tomando lo expresado en el sitio web.
Ofrece servicios de orientación laboral y asistencia en la búsqueda de empleo; servicios de intermediación laboral; capacitación laboral y certificación de competencias laborales; y prácticas formativas en ambientes de trabajo.
También gestiona la promoción para la inserción en el trabajo asalariado registrado, y en el trabajo independiente y autogestionado; el fortalecimiento de unidades productivas autogestionadas en forma individual, asociativa o familiar; y la terminalidad educativa o programas con objeto análogo para el desarrollo de competencias básicas.
Por último, se aclara que el Gobierno detalló lo siguiente con respecto a quienes antes percibían el Potenciar Trabajo: “Vas a continuar cobrando sin interrupciones. El traspaso se hace automáticamente y no es necesario que hagas ningún trámite. Nadie puede darte de baja por el traspaso”.