A partir de la detección de múltiples irregularidades en la operatoria de empresas vinculadas, la Dirección General de Aduanas resolvió no dar curso a una exportación a los Estados Unidos de 60.180 kg de miel, valuada en USD 140 mil. De esta manera, el organismo interdictó, sin derecho a uso y traslado, 197 tambores con miel natural de abejas que se encontraban en el Depósito Fiscal Censer, Ciudad de Buenos Aires. 

La investigación que llevó a la decisión gira en torno a la trazabilidad de la mercadería: la empresa exportadora declaró haber comprado la miel en cuestión por cerca de 13.5 millones de pesos, pero la Aduana constató que las acreditaciones bancarias de la firma exportadora no guardan relación con su actividad comercial.

Luego, la empresa proveedora de la mercancía tiene un perfil aún más dudoso: no pudo demostrar haber adquirido la miel, ni insumos relacionados con su producción. Tampoco tiene empleados en relación de dependencia, ni posee maquinaria agrícola ni establecimientos rurales a su nombre, ni pudo exhibir facturas de alquiler relacionadas con ello. De hecho, ni siquiera tiene bienes registrables a su nombre. Su primer antecedente de venta de miel data de octubre del año pasado. Por esa razón, la Aduana considera que la firma proveedora no tiene una capacidad económica y financiera que le permita justificar su desarrollo comercial.

Toda esta operatoria responde a un perfil que la Aduana viene observando en forma recurrente con relación a las exportaciones de productos primarios: consiste en adquirir la mercadería en efectivo, en negro, y exportarla a través de empresas fantasma para luego, finalmente, no ingresar las divisas al país. En ese sentido, toda la actividad detrás de la pretendida exportación de miel permitía presumir que los dólares de la operación tampoco serían liquidados.

En ese marco, la Aduana denunció ante la Justicia en lo Penal-Económico a la empresa exportadora, la proveedora y el auxiliar de comercio exterior. El organismo que dirige Guillermo Michel pretende aplicar una multa mínima de $99.719.739.

Cabe destacar, este tipo de operatoria irregular resulta especialmente grave en el actual contexto de escasez de divisas: en definitiva, son maniobras de especulación financiera, realizadas generalmente por sujetos sin relación con la producción agropecuaria genuina, que utilizan las exportaciones de productos primarios como pantalla. Recientemente, la Dirección General de Aduanas dio a conocer casos similares relacionados con la exportación de manzanas y ajo.