La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) reveló que un montón de titulares tendrán la posibilidad de cobrar un bono de hasta $236.000 en los próximos días. Este impactará de gran manera en los ingresos al momento de saber con cuánta plata se contará para todo el mes, por lo que es clave consultar a quiénes les corresponde.

Al respecto, es fundamental aclarar que las asignaciones familiares aumentaron un 41,48% en junio, ya que se realizó un ajuste de acuerdo al Índice de Precios al Consumidor (IPC) de dos meses previos, es decir, de abril. En julio, la suba será de 4,2% porque se toman los datos de mayo.

En este caso, el extra es para uno de los sectores más vulnerables y ya comenzó a acreditarse, motivo por el cual es clave tener en cuenta todas las especificaciones con el objetivo de poder actuar ante cualquier eventualidad. Además, el pago se hará según la terminación del número del Documento Nacional de Identidad (DNI). Más información en anses.gob.ar.

Novedades para asignaciones familiares: todos los detalles en el informe de Crónica HD

Bono de hasta $236.000: quiénes van a cobrar el extra de la ANSES

El pasado miércoles 26 de junio, la ANSES comenzó a pagar un refuerzo extraordinario y todavía hay tiempo de cobrarlo. Se trata de la Prestación por Desempleo: "Si sos trabajador en relación de dependencia despedido sin justa causa, por finalización de contrato o por causas externas a vos, podés solicitarla", aclara la entidad.

El monto a percibir no podrá ser inferior a $118.000 ni superior a al Salario Mínimo, Vital y Móvil de $236.000 para junio 2024. Esto se debe a que su valor es el equivalente a un 75% de la mejor remuneración de los seis meses anteriores al cese del contrato de trabajo, dependiendo de la cantidad de tiempo trabajado y de la retribución.

  <a href='https://www.cronica.com.ar/tags/Bono'>Bono</a> de la ANSES: ¿Quiénes lo cobran?
Bono de la ANSES: ¿Quiénes lo cobran?

"Durante la vigencia de la prestación tenés derecho a asignaciones familiares y a la obra social a la que estabas afiliado", añade. Asimismo, indica que los trabajadores permanentes deben "tener al menos 6 meses de trabajo con aportes en los últimos 3 años anteriores al despido o finalización del contrato".

Por su parte, los trabajadores eventuales y de temporada tienen que "haber trabajado menos de 12 meses en los últimos 3 años y más de 90 días en el último año, antes de la finalización del trabajo", para poder percibirla. El monto y la cantidad de cuotas (entre 2 y 12) se calculan de acuerdo a los ingresos y los meses trabajados (con aportes) durante los últimos 3 años. Los trabajadores mayores a 45 años cobran durante 6 meses más.

Prestación por Desempleo de la ANSES: ¿Cuándo se cobra?

  • DNI terminados en 0 y 1: 26 de junio.
  • DNI terminados en 2 y 3: 27 de junio.
  • DNI terminados en 4 y 5: 28 de junio.
  • DNI terminados en 6 y 7: 1 de julio.
  • DNI terminados en 8 y 9: 2 de julio.

¿Qué se necesita para cobrar la Prestación por Desempleo de la ANSES?

1. DNI (original y copia).

2. Documentación que compruebe el desempleo (original y copia), según el caso:

  • Despido sin justa causa: telegrama de despido, carta documento o nota de despido con firma certificada del empleador.
  • Despido por quiebra o concurso preventivo del empleador: nota del síndico certificando la disolución del contrato laboral, sentencia de quiebra autenticada por juzgado, telegrama del empleador notificando el cese por quiebra o el ejemplar del Boletín Oficial donde se publicó la quiebra.
  • Resolución del contrato de trabajo por denuncia del trabajador fundada en justa causa: telegrama de intimación y telegrama de desvinculación laboral enviados por el trabajador.

  • No renovación de un contrato a plazo fijo: copia del contrato de trabajo vencido.
  • Fallecimiento de un empleador unipersonal: copia certificada del acta o partida de defunción.
  • En caso de haber padecido una enfermedad/accidente no laboral o laboral al momento de producirse el cese en su último empleo: certificado médico de aptitud para ocupar un puesto de trabajo acorde a su situación de salud.

El trámite es gratuito y la ANSES gestiona la apertura de una Caja de Ahorro de la Seguridad Social para cobrar esta prestación. En caso de empezar a trabajar, la persona debe solicitar la suspensión dentro de los 5 días hábiles posteriores.

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