Reforma laboral 2024: el secretario de Trabajo explicó algunos cambios y aclaró cómo sigue la indemnización por despido
El funcionario defendió los cambios impulsados en la reforma laboral y detalló algunos puntos clave que generaban dudas. También apuntó que el objetivo principal es reducir el desempleo, que actualmente se encuentra en el 7,6%.
Tras la reglamentación de la reforma laboral publicada en el Boletín Oficial, el secretario de Trabajo, Julio Cordero, ofreció detalles sobre los aspectos más importantes de la medida. Según el funcionario, la expectativa del Gobierno es que esta reforma permita reducir el desempleo, que alcanzó el 7,6% en el segundo trimestre del año.
“Las personas van a poder ser contratadas, tanto en relación de dependencia como si quieren ser autónomas, porque los jóvenes hoy no todos quieren estar en relación de dependencia y quieren un contrato de locación de obra, un contrato de locación de servicio”, explicó Cordero en una entrevista radial.
Según el secretario, la nueva legislación busca otorgar seguridad jurídica para estos tipos de contratos, algo que antes era interpretado como relación de dependencia, lo que derivaba en sanciones o juicios.
El funcionario destacó que “lo que se busca es que la gente empiece a regularizar la contratación, tanto sea porque la persona factura en su relación de obra o de servicio, como porque se blanquee que es una relación de dependencia. Se evitan los riesgos”.
Otro de los puntos importantes de la reforma es el Sistema de Cese Laboral, que fue reglamentado para permitir que los gremios negocien modalidades alternativas de desvinculación.
“Los gremios van a poder negociar con las cámaras una modalidad distinta para las desvinculaciones. Esto va a tener la protección de la negociación gremial, o sea, la gente no va a poder hacer lo que quiere, sino que se va a poder establecer un régimen de desvinculación a través de protección gremial y protección de las cámaras para los empleadores”, señaló el secretario.
“Pero no solamente esa negociación va a ser entre gremios y empleadores, sino que cuando ingresa el trabajador a un nuevo trabajo, va a poder elegir si quiere ese régimen o si quiere el régimen que hay hoy, el de la indemnización por despido normal”, añadió.
En ese sentido, Cordero subrayó que la indemnización por despido “sigue vigente” y que, bajo ninguna circunstancia, la reforma busca eliminar este derecho: “La indemnización puede ser mejorada por una negociación que haya entre el gremio y las cámaras, y que el trabajador pueda optar por esa acordando con su empleador cuando ingrese a trabajar. Y si es un trabajador que ya está trabajando, podrá elegir si quiere seguir con el régimen actual o con el nuevo”.
La ampliación del período de prueba es otro eje central de la reforma. El plazo pasa de tres a seis meses, y podría extenderse hasta un año en ciertos casos, siempre bajo acuerdo colectivo. “Eso permite un tiempo mayor, especialmente cuando se trata de profesión más compleja o cuando la persona no tiene la formación suficiente”, añadió el funcionario.
Finalmente, el secretario de Trabajo resaltó la expectativa de que la reforma impulse la creación de empleo formal en el sector privado.
“A veces no es todo lo que uno quiere, pero es lo que puede. Y lo que se logró en esta modernización laboral, todo apunta a la seguridad jurídica y a la financiación de los clientes. Y nuestra expectativa es que el sector privado, que es el que genera normalmente riqueza, hay que fortalecerlo, más allá de la importancia también del sector público, para lo que es necesario que exista el sector público, pero con los límites necesarios. Nuestra expectativa es que esta movilización genere muchas más contrataciones en el sector privado”, concluyó.
Principales puntos de la reforma laboral:
- Período de prueba ampliado: El período de prueba se extiende de 3 a 6 meses, con posibilidad de ampliarlo hasta un año mediante acuerdo colectivo.
- Blanqueo y regularización de relaciones laborales: La reforma ofrece una condonación de hasta el 70% de la deuda de aportes y contribuciones patronales. Esta condonación es mayor para las mipymes.
- Sistema de cese por acuerdo: Los trabajadores y empleadores podrán optar por un sistema de desvinculación acordado mediante convenio colectivo, en lugar de la indemnización tradicional por despido. Este sistema se ajustará según la región, tipo de empresa y características del sector.
- Presunción de contratos de servicios: Se invierte la presunción de contrato de trabajo cuando se trata de servicios profesionales, siempre que se emitan las facturas correspondientes, eliminando la interpretación automática de una relación de dependencia.