Nuevo DNU: ¿Cuáles son las nuevas restricciones que estarán vigentes hasta fin de año?
Las nuevas medidas sanitarias por la pandemia de Covid regirán desde hoy hasta el 31 de diciembre y establecen que habrá más flexibilizaciones. Algunas de ellas son la eliminación de la obligatoriedad del uso de barbijo en espacios públicos, el regreso del público a los estadios de fútbol y la apertura de boliches. Conocé punto por punto cómo será la nueva normalidad.
Este jueves, el Gobierno nacional emitió un Decreto de Necesidad y Urgencia ( DNU), en donde se estableció la flexibilidad de algunas de las restricciones que rigen en el país para evitar el riego epidemiológico por la pandemia de coronavirus. La nueva regulación estará en vigencia desde hoy, viernes 1 de octubre, hasta el 31 de diciembre próximo.
El DNU 678/21 fue publicado por el Gobierno en el boletín oficial en las últimas horas de este jueves. En el se dispuso que para reducir la circulación del Covid-19 aún estará vigente la necesidad de mantener distancia social (de al menos dos metros entre las personas) y seguir con la higienización de manos frecuente.
Asimismo, el uso de tapabocas será necesario en espacios compartidos cerrados y abiertos, como negocios, escuelas, transporte público y trabajo. Aunque ya no será obligatorio cuando se circule al aire libre a más de dos metros de distancia de otras personas.
"Todas las actividades deberán realizarse según los protocolos y las recomendaciones e instrucciones de las autoridades sanitarias nacional, provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires", establece el DNU. Y agrega: "En ningún caso podrán circular las personas que revistan la condición de 'caso confirmado', 'caso sospechoso' o 'contacto estrecho' de COVID-19".
Mayores aperturas
El Gobierno Nacional permitió la realización de actividades de mayor riesgo epidemiológico y sanitario pero aún se deberá seguir ciertos protocolos sanitarios, como la "autorización de las jurisdicciones provinciales de destino y permanencia" y el "test de antígeno negativo", entre otras.
Eventos masivos
Con respecto a los eventos masivos de más de mil personas en espacios cerrados podrán utilizar, como máximo, el 50 por ciento de la capacidad autorizada y deberán requerir el esquema de vacunación completo, o al menos una dosis de vacuna y un test diagnóstico negativo.
En el caso de que acontecimiento se lleve a cabo al aire libre, se podrá requerir a los espectadores de dicho evento deportivos, recitales, culturales, religiosos, etc, que sean mayores de 18 años que cuenten con al menos una dosis de vacuna aplicada.
Presencialidad del trabajo
"Se establece la presencialidad en el trabajo para las y los agentes de todas las jurisdicciones, organismos y entidades de la Administración Pública Nacional”. Además, los empleadores y las empleadoras "deberán garantizar las condiciones de higiene y seguridad establecidas por la autoridad sanitaria para preservar la salud de los trabajadores y las trabajadoras”.
No obstante, los únicos eximidos de la obligación de asistir al lugar de tareas son las "personas con inmunodeficiencias: congénita, asplenia funcional o anatómica (incluida anemia drepanocítica) y desnutrición grave, VIH dependiendo del status y personas con medicación inmunosupresora o corticoides en altas dosis; pacientes oncológicos y trasplantados: con enfermedad oncohematológica hasta seis meses posteriores a la remisión completa, con tumor de órgano sólido en tratamiento y trasplantados de órganos sólidos o de precursores hematopoyéticos”.
Boliches
Las actividades en discotecas, locales bailables o similares que se realicen en espacios cerrados podrán utilizar, como máximo, el 50 por ciento de la capacidad autorizada. Asismismo, deberán requerir a quienes concurran a los establecimientos el esquema completo de vacunación ocurrido al menos 14 días antes. En el caso de los salones de fiestas, alternativamente al esquema de vacunación, podrán solicitar un test diagnóstico negativo realizado con una antelación no mayor a 48 horas.
Viajes
Los viajes grupales de egresados y egresadas, de estudiantes o similares deberán contar con autorización de las jurisdicciones provinciales de destino y permanencia; todas las personas integrantes del contingente deberán contar con un test de antígeno negativo al embarcar; al regreso deberán realizar un test de antígeno previo al abordaje del transporte de regreso.
Aquellas personas que no cuenten con esquema completo de vacunación 14 días previos al inicio del viaje deberán realizar un aislamiento de siete días y, por su cuenta, un nuevo testeo que deberá ser informado al Sistema Nacional de Vigilancia por el laboratorio. El control de la realización del testeo estará a cargo de la empresa de viajes.
Con respecto a los viajes grupales de jubilados y jubiladas todo el contingente deberá presentar esquema de vacunación completo ocurrido por lo menos 14 días previos al inicio del viaje.
Ingreso al país
A partir del 1° de noviembre se restablece el ingreso al territorio nacional de extranjeros no residentes, siempre que sean cumplidos con los requisitos migratorios y sanitarios vigentes o que se establezcan en el futuro, y que se realizará por los corredores seguros establecidos en los términos del artículo 16 del Decreto N° 260/20.
Durante octubre puede haber algunas excepciones en el caso de que “las personas nacionales o residentes de países limítrofes, cumplan con las indicaciones, recomendaciones y requisitos sanitarios y migratorios para el ingreso y permanencia en el país establecidos o que se establezcan en el futuro”.