La Administración Federal de Ingresos Públicos ( AFIP) difundió los requisitos que deben tener en cuenta los pequeños contribuyentes al momento de categorizarse o recategorizarse en el Monotributo.

El organismo de recaudación, mediante la resolución general 5546/2024 publicada este lunes en el Boletín Oficial, indicó que los criterios que se tienen que respetar son Ingresos Brutos, superficie afectada a la actividad, energía eléctrica consumida y alquileres devengados.

Esquema sobre las categorías

Además, la AFIP difundió un esquema sobre cómo quedan las categorías y, en ese sentido, indicó que la A es para Ingresos Brutos de hasta $6.450.000, una superficie afectada de hasta 30 metros cuadrados, una energía eléctrica consumida por año de 3.330 kW y montos devengados de alquileres de hasta $1.500.000.


Los valores indicados en el cuadro tienen efectos a partir de enero de 2024 inclusive, se especificó en la disposición. El esquema completo puede verse el portal Monotributo de la AFIP (https://monotributo.afip.gob.ar). 


Los contribuyentes recategorizados deberán obtener su nueva credencial, la que contendrá el Código Único de Revista (CUR) actualizado.