Ley de Alquileres: uno por uno, los cambios que quedaron oficializados este martes
El Poder Ejecutivo publicó en el Boletín Oficial el decreto que pone en vigencia la reciente reforma aprobada en el Congreso. La nueva norma busca generar certidumbre en un sector caracterizado por una escasa oferta de inmuebles para vivienda y precios por las nubes.
El Poder Ejecutivo promulgó este martes la nueva ley de Alquileres, que fue aprobada por el Congreso la semana última y que intenta generar certidumbre en un sector caracterizado por una escasa oferta de inmuebles para vivienda y precios por las nubes.
Lo hizo mediante la publicación en el Boletín Oficial del decreto 533/2023, que contó con las firmas del presidente Alberto Fernández, el jefe de Gabinete, Agustín Rossi; y los ministros de Justicia, Martín Soria; y de Economía, Sergio Massa.
La nueva ley de Alquileres mantiene los tres años de duración de los contratos, pero establece un intervalo mínimo de seis meses para la actualización de los precios, a diferencia de la norma que estaba vigente, que permitía un aumento anual del valor del alquiler.
En ese sentido, determina que, “en los contratos de locación de inmuebles con destino a uso habitacional, el precio del alquiler debe fijarse como valor único en moneda nacional y por períodos mensuales, sobre el cual podrán realizarse ajustes con la periodicidad que acuerden las partes y por intervalos no inferiores a seis meses”.
La flamante norma, además, dispone como índice para la actualización del precio el coeficiente de "Casa Propia", utilizado por el Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat.
Estará "conformado por la menor variación que surja de comparar el promedio del 0,9 de la variación del Coeficiente de Variación Salarial (CVS), publicado por el INDEC, y la variación del Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER), publicado por el Banco Central de la República Argentina", precisa la ley.
La nueve ley, asimismo, establece que “los ingresos provenientes de locación de hasta dos inmuebles estarán exentos del pago del monotributo”.
Fija también que toda “publicidad, en cualquier medio o plataforma, que incluya precio de locaciones de inmuebles con destino habitacional, debe realizarse en moneda nacional”, al tiempo que elimina la posibilidad de los pagos a inquilinos por adelantado.
Además, la flamante norma ordena “elevar y difundir de manera periódica y actualizada información estadística sobre la situación de locaciones con fin habitacional en la República Argentina, identificando demanda locativa y cantidad de hogares inquilinos; y sobre la demanda habitacional de alquiler social, beneficiarios alcanzados y las medidas adoptadas para su cumplimiento”.
La votación que derivó en el sanción de la nueva ley de Alquileres
La reforma legislativa fue sancionada por 128 votos a favor y 114 en contra. Los diputados del Frente de Todos (FdT), dos del Interbloque Federal, uno de Juntos por Río Negro y cuatro de la Izquierda apoyaron los cambios.
Del otro lado, los legisladores de La Libertad Avanza (LLA), Juntos por el Cambio (JxC), uno de Juntos por Rio Negro, una de Identidad Bonaerense y uno de Córdoba Federal se opusieron a las modificaciones que el oficialismo había introducido en el Senado.