Fin de semana largo de mayo: ¿Cómo pagan los feriados trabajados?
Quienes trabajen el próximo 25 y 26 de mayo, ambos feriados, deberán percibir doble remuneración en relación a la carga horaria. Enterate cómo es el cálculo según la ley.
A pocos días de un nuevo fin de semana extra largo del 25 y 26 de mayo, que le permitirán a una gran cantidad de argentinos hacer viajes y “escapadas”, otros trabajadores también le tocará trabajar en esas jornadas y deberán recibir un pago diferencial.
En conmemoración de la Revolución de Mayo, el próximo 25 de mayo fue declarado como feriado inamovible a nivel nacional. Este año, la fecha será un día jueves, por lo que decidió instalar un feriado turístico el viernes 26 que sirva de “puente”.
¿Cómo pagan el fin de semana largo?
De acuerdo con la Ley de Contrato de Trabajo, los feriados nacionales rigen las normas legales sobre el descanso dominical. Esto implica que, en caso de prestar servicio durante esas jornadas, el trabajador deberá cobrar el doble de una jornada habitual.
Esto significa que quienes trabajen el jueves 25 deberán percibir un pago que duplique al de un jueves habitual, según lo contemplado por la propia ley. Pero, ¿qué pasa con los feriados turísticos instalados por el Gobierno?
La ley 27.399 de Establecimiento de feriados y fines de semanas largos, establece en su artículo 8° que “los días que resulten feriados (...), gozarán en el aspecto remunerativo de los mismos derechos que establece la legislación actual respecto de los feriados nacionales”.
De este modo, tanto quienes trabajen el 25 como el viernes 26, deberán percibir doble remuneración en relación a la carga horaria.
Próximos feriados nacionales inamovibles
- 25 de mayo: Día de la Revolución de Mayo.
- 17 de junio: Paso a la Inmortalidad del General Don Martín Miguel de Güemes.
- 20 de junio: Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano.
- 9 de julio: Día de la Independencia.
- 21 de agosto: Paso a la Inmortalidad del Gral. José de San Martín.
- 13 de octubre: Feriado con fines turísticos.
- 16 de octubre: Día del Respeto a la Diversidad Cultural.
- 20 de noviembre: Día de la Soberanía Nacional.
- 8 de diciembre: Día de la Inmaculada Concepción de María.
- 25 de diciembre: Navidad.
Feriados con fines turísticos y trasladables
- Viernes 26 de mayo: puente con el feriado del jueves 25 de mayo, Día de la Revolución de Mayo.
- Lunes 19 de junio: puente con el martes 20 de junio por el feriado por el Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano.
- 17 de agosto, por el Paso a la Inmortalidad del General José de San Martín, se celebrará el lunes 21 de agosto.
- 12 de octubre, por Día del Respeto a la Diversidad Cultural, se celebrará el lunes 16 de octubre.
- Viernes 13 de octubre: es feriado para lograr un fin de semana largo de cuatro días, por el traslado del feriado del 12 de octubre, por Día de la Respeto a la Diversidad Cultural, al lunes 16 de octubre.