El Gobierno nacional modificó el régimen de viáticos para los funcionarios que viajen al exterior por cuestiones oficiales. Entre otros puntos, la medida publicada en el Boletín Oficial establece que será la Jefatura de Gabinete, que conduce Guillermo Francos, quien deba autorizar los traslados de los ministros o secretarios de la Presidencia de la Nación.

Los traslados en cumplimiento de misiones o comisiones al exterior de carácter oficial deberán efectuarse por la vía más corta y de menor costo; ambos factores deberán tenerse en cuenta, priorizándose el primero por sobre el segundo, tanto a la ida como al regreso. Con el fin de tramitar los desplazamientos en los términos antes mencionados, deberán gestionarse con la suficiente antelación, a efectos de posibilitar el acceso a las mejores tarifas y rutas ofrecidas por el mercado”, señala la decisión administrativa 888/2024 oficializada en las últimas horas.

De esta manera, el Gobierno seleccionará la aerolínea que realice “la ruta más corta y cuente con la tarifa más apropiada”.

Límite a los viáticos para funcionarios que viajen al exterior: cómo serán las autorizaciones

La disposición determina que los traslados por misiones o comisiones al exterior de carácter oficial deberán ser informados y autorizados por la Jefatura de Gabinete, a cargo de Guillermo Francos, en el caso de los ministros y secretarios que dependan directamente de la Presidencia de la Nación. Para eso, se deberá presentar un formulario, llamado “Informe de Planificación de Gestión Internacional”.

En tanto, cada uno de los ministros, secretarios o vicejefes de Gabinete de la Jefatura y titulares de organismos descentralizados serán los encargados de aprobar los viajes cuando se trate de: el jefe de la Casa Militar; titulares de Secretarías y Subsecretarías de la Administración Nacional; titulares de Instituciones de la Seguridad Social; entes reguladores, entes liquidadores y superintendencias, incluyendo los cuerpos colegiados; organismos de la administración pública nacional descentralizada y funcionarios con nivel inferior a director nacional o general.

Por otra parte, en la resolución se establecen categorías de funcionarios para determinar los pasajes a los que accederán. Los comprendidos en el Grupo A, de nivel de ministro o superior, podrán viajar en clase ejecutiva.

En el caso del traslado de funcionarios con rango de secretario, solo podrán utilizarse pasajes en clase ejecutiva para viajes de duración mayor a 8 horas, debiendo contar con la previa autorización del titular de la jurisdicción o entidad de la que dependan.

Mientras que a los funcionarios comprendidos en los grupos B, C y D se les extenderán pasajes en clase económica.

Viáticos por comida y alojamiento

Con respecto al pago de los costos de comida y alojamiento, cuando las invitaciones garanticen la cobertura de los alimentos se liquidará como máximo un 50% de los viáticos que corresponden, mientras que si la invitación incluye el alojamiento, no se pagará ningún tipo de monto por este concepto.

La solicitud tendrá que ser presentada al menos 10 días antes de la comisión al exterior y tendrá que cumplir con una serie de requisitos como adjuntar una invitación a la misión y la justificación del viaje, un cronograma de actividades, los montos a cubrir, la reserva de los pasajes y la autorización de su superior.

La decisión administrativa aclara que todas las invitaciones a misiones o comitivas internacionales deberán pasar primero por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, a cargo de Diana Mondino.