El Gobierno extendió por tres meses la prohibición de nuevas contrataciones en el Estado
Las restricciones para incorporar personal al sector público, que vencían el 30 de septiembre, fueron prorrogadas hasta el 31 de diciembre. La medida mantiene excepciones en áreas clave como salud, seguridad y ciencia.
El Gobierno decidió extender hasta el 31 de diciembre las restricciones para contratar nuevos empleados en el Estado, que originalmente vencían el 30 de septiembre. Esta medida fue oficializada a través del Decreto 865/2024, publicado en el Boletín Oficial con las firmas del presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete Guillermo Francos, y el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger.
La disposición amplía los alcances del Decreto 426/2022 y se enmarca en la emergencia pública establecida por el Decreto 70/2023, que abarca aspectos económicos, fiscales, financieros y sociales hasta fin de año.
La prohibición incluye distintas modalidades de designación y contratación, pero también contempla excepciones para sectores estratégicos como el Sistema Nacional de Ciencia y Tecnología, el cuerpo diplomático, los guardaparques, y el Sistema Nacional de Manejo del Fuego.
También quedan fuera de las restricciones los profesionales de hospitales, el personal de fuerzas armadas, de seguridad y penitenciario, entre otros.
El nuevo decreto enumera claramente las modalidades de empleo afectadas, destacando que se suspenden "las designaciones a término en planta transitoria", de acuerdo al artículo 30 del Convenio Colectivo de Trabajo para la Administración Pública Nacional, así como "las contrataciones previstas en el artículo 9° de la ley 25.164", referidas a servicios temporales o estacionales.
También se incluyen en la restricción "las contrataciones por tiempo indeterminado, a plazo fijo, a tiempo parcial y trabajo eventual".
Además, la norma congela "las contrataciones para la prestación de servicios profesionales autónomos" que dependen de la autorización de autoridades como el jefe de Gabinete, ministros o titulares de entidades descentralizadas.
Igualmente, se restringen "las designaciones transitorias en cargos simples de planta permanente" y "las contrataciones de personal con o sin relación de dependencia", incluso cuando estas provengan de estatutos especiales o fuentes de financiamiento no presupuestarias.