Diputados aprobó y dio media sanción al proyecto para la devolución del IVA
La Cámara baja votó con 134 votos afirmativos el proyecto impulsado por el ministerio de Economía, que permite la devolución del IVA en las compras de artículos de la canasta básica. Juntos por el Cambio se abstuvo en la votación.
La Cámara de Diputados aprobó y envió al Senado el proyecto de ley que establece la devolución del IVA para los productos de la canasta básica a sectores de menores ingresos en las compras realizadas con tarjetas, en una votación en la que bloques provinciales y la izquierda acompañaron al Frente de Todos.
Junto a los diputados del Frente de Todos, también votaron a favor los libertarios liberados por Javier Milei, el interbloque Provincias Unidas, la mitad del interbloque Federal y el Frente de Izquierda.
Finalmente, se aprobó el proyecto de ley del programa "Compre sin IVA" por 134 votos a favor, 0 en contra y 107 abstenciones (del bloque de JxC).
La iniciativa brinda el reintegro del 21% de las compras realizadas en comercios minoristas y/o mayoristas con tarjeta de débito asociadas a entidades financieras, con un tope de hasta $18.800 mensuales.
Al votar a favor del proyecto, el presidente de la Comisión de Presupuesto y Hacienda, Carlos Heller, sostuvo que "con la devolución del IVA no hay razón para que los precios se muevan".
"Este proyecto es superior a la idea de eximir del IVA a determinados productos, que además de generar problemas en las distintas cadenas de producción y distribución de bienes, no se termina muchas veces evidenciando en los precios", resaltó Heller.
¿Qué plantea el proyecto?
La iniciativa -que consta de nueve artículos- señala que la medida comenzará a regir a partir del 1 de enero de 2024, y también que se faculta a la autoridad de aplicación a ampliar los beneficiarios alcanzados por la legislación.
En el artículo 1 se establece que los beneficiarios del reintegro del IVA serán quienes perciban jubilaciones, pensiones por fallecimiento y pensiones no contributivas, en un monto mensual que no exceda la suma de seis haberes mínimos garantizados, los beneficiarios de asignaciones universales por hijo para protección social y las de embarazo para protección social.
Serán alcanzados por este beneficio trabajadores que presten servicios remunerados en relación de dependencia en la actividad privada o pública, siempre que el ingreso mensual no supere la suma equivalente a seis veces el Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM), los comprendidos dentro del Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares y aportantes del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) que se encuentren encuadradas y encuadrados en la Ley 24.977.
El proyecto precisa también que "están alcanzadas por el beneficio de este Programa las compras de bienes en el marco de la Tarjeta Alimentar o de las tarjetas emitidas a beneficiarias y beneficiarios del Programa Nacional de Inclusión Socio-Productiva y Desarrollo Local-Potenciar Trabajo".
En el artículo 4 del proyecto se establece que "el reintegro mensual previsto en el presente Programa no podrá superar el 21% del valor de la Canasta Básica Alimentaria para un hogar tipo 2, vigente en cada mes".