La Cámara de Diputados aprobó y envió al Senado el proyecto de ley que establece la devolución del IVA para los productos de la canasta básica a sectores de menores ingresos en las compras realizadas con tarjetas, en una votación en la que bloques provinciales y la izquierda acompañaron al Frente de Todos.

Junto a los diputados del Frente de Todos, también votaron a favor los libertarios liberados por Javier Milei, el interbloque Provincias Unidas, la mitad del interbloque Federal y el Frente de Izquierda.

Finalmente, se aprobó el proyecto de ley del programa "Compre sin IVA" por 134 votos a favor, 0 en contra y 107 abstenciones (del bloque de JxC).

La iniciativa brinda el reintegro del 21% de las compras realizadas en comercios minoristas y/o mayoristas con tarjeta de débito asociadas a entidades financieras, con un tope de hasta $18.800 mensuales.

Al votar a favor del proyecto, el presidente de la Comisión de Presupuesto y Hacienda, Carlos Heller, sostuvo que "con la devolución del IVA no hay razón para que los precios se muevan".

"Este proyecto es superior a la idea de eximir del IVA a determinados productos, que además de generar problemas en las distintas cadenas de producción y distribución de bienes, no se termina muchas veces evidenciando en los precios", resaltó Heller.

¿Qué plantea el proyecto?

La iniciativa -que consta de nueve artículos- señala que la medida comenzará a regir a partir del 1 de enero de 2024, y también que se faculta a la autoridad de aplicación a ampliar los beneficiarios alcanzados por la legislación.

En el artículo 1 se establece que los beneficiarios del reintegro del IVA serán quienes perciban jubilaciones, pensiones por fallecimiento y pensiones no contributivas, en un monto mensual que no exceda la suma de seis haberes mínimos garantizados, los beneficiarios de asignaciones universales por hijo para protección social y las de embarazo para protección social.

Serán alcanzados por este beneficio trabajadores que presten servicios remunerados en relación de dependencia en la actividad privada o pública, siempre que el ingreso mensual no supere la suma equivalente a seis veces el Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM), los comprendidos dentro del Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares y aportantes del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) que se encuentren encuadradas y encuadrados en la Ley 24.977.

El proyecto precisa también que "están alcanzadas por el beneficio de este Programa las compras de bienes en el marco de la Tarjeta Alimentar o de las tarjetas emitidas a beneficiarias y beneficiarios del Programa Nacional de Inclusión Socio-Productiva y Desarrollo Local-Potenciar Trabajo".

En el artículo 4 del proyecto se establece que "el reintegro mensual previsto en el presente Programa no podrá superar el 21% del valor de la Canasta Básica Alimentaria para un hogar tipo 2, vigente en cada mes".