La justicia de la provincia de Corrientes le prohibió a un hombre que asista a eventos y que pueda tener licencia de conducir por no haber establecido un régimen de visitas con sus hijos, además le ordenó que se haga cargo económicamente de los gastos del juicio.

El fallo en contra de la persona fue comunicado el jueves pasado y destacó que el accionar que tenía afectaba emocionalmente a sus hijos, principalmente a una joven que posee síndrome de Down.

Uno de los argumentos que planteó el damnificado fue que en su empleo contaba con horarios rotativos que no les permitía establecer un régimen de visitas con sus hijos según lo establece la justicia.

Cómo se llegó a la decisión que tomó la jueza

Uno de los puntos del fallo es que los argumentos del padre no eran válidos para desligarse de las visitas debido a que impuso su disponibilidad sin tener en cuenta las necesidades de sus tres hijos o que la madre también tenía un horario laboral parecido al suyo. 

 Un hombre no podrá tener registro ni asistir a eventos públicos.
. Un hombre no podrá tener registro ni asistir a eventos públicos.

Según la jueza no se ofrecieron opciones claras ni horarios para comunicarse con los hijos aunque sea por llamados telefónicos y el accionar del padre causaba un conflicto familiar y le generaba carga a la madre.