Cómo un filicida se puede convertir también en un femicida indirecto
Los móviles siniestros detrás de los crímenes de los propios hijos. Hombres que buscan destruir psicológicamente a las mujeres. Crónica dialogó con expertos sobre qué implica y cuándo se habla un femicidio vinculado.
Por María Helena Ripetta
@mhripetta
¿Hay manera de hacer más daño que matando? Sí, asesinando al ser más amado por esa persona. El filicida Gerardo Reyna está imputado también por el delito de "femicidio vinculado", tras asesinar a su hijo de 9 años y herir a la de 6 luego que la madre de los chicos no quisiera volver a vivir con él. "Él actuó para infligirle un sufrimiento de por vida a la mujer", dijo la fiscal Paula Kelm, que le imputó esta agravante. La pena es prisión perpetua
Antes de que llegara la policía le mandó fotos con sangre en sus brazos a Brenda, su ex mujer y madre de sus dos hijos. Ella no imaginó que era del nene. Después se dio cuenta de que se trataba de una venganza porque ella le había dicho unos días antes que no iba a retomar la relación.
"La Casa del Encuentro, desarrolló el término 'femicidio vinculado' partiendo del análisis de las acciones del femicida para consumar su fin: matar, castigar o destruir psíquicamente a la mujer sobre la cual ejerce la dominación", dice a Crónica la presidenta de la Asociación Civil La Casa del Encuentro, Ada Rico.
En esta definición se registran dos categorías: como en este caso, personas con vínculo familiar o afectivo con la mujer, que fueron asesinadas por el femicida con el objeto de castigarla y destruirla psíquicamente; o personas que fueron asesinadas por el femicida cuando intentaron impedir el femicidio o que quedaron atrapadas "en la línea de fuego".
Rico continúa: "Los varones agresores consideran a la mujer como un objeto que les pertenece y no admiten que ella, cansada del maltrato, decida terminar la relación. Y en venganza y con el objetivo de causarle dolor, el violento asesina al hijo o hija".
Este delito está tipificado en el Artículo 80 del Código Penal argentino, incorporado como agravante de violencia de género: "Se impondrá reclusión perpetua o prisión perpetua al que matare con el propósito de causar sufrimiento a una persona con la que mantiene o ha mantenido una relación, cónyuge, excónyuge o persona con quien ha mantenido una relación de pareja".
"El objetivo es hacer sufrir la víctima de violencia de género. El objetivo no es matar a sus hijos, sino hacerla sufrir a ella", explica a Crónica la abogada Raquel Hermida Leyenda, especialista en estos temas. "Da origen la figura el caso Cuello, que era un albañil que mata a Tomás, de 9 años, que era el hijo de su ex mujer, con quien tenía un bebé", sostiene Hermida Leyenda sobre el crimen cometido el 15 de noviembre de 2011 en Lincoln.
El tribunal que condenó a prisión perpetua a Cuello consideró que éste mató a Tomás Santillán, de 9 años, por el "odio" a su madre, para vengarse de que ella lo había dejado. "Pegó donde más le dolía", consideró el juez Miguel Ángel Vilaseca. Aunque la calificación legal fue de "homicidio agravado por alevosía", en la sentencia afirmaron que fue un femicidio.
"Cuando se reforma la ley se tiene en cuenta generar una perpetua por sí misma, por el hecho de hacer sufrir. De esta manera, lo que se pretende es determinar cuál es el objetivo del femicida", dice Hermida Leyenda.
Por M.H.R.