El Gobierno acató un fallo para el regreso de dos argentinos desde Estados Unidos
Estaban de viaje y pidieron poder regresar por razones médicas, en el marco de las medidas de prevención por el avance de la variante Delta del Covid-19 que fija un tope del ingreso de 600 personas por día. La ANAC pidió a empresas aerocomerciales que los traigan de vuelta.
El Gobierno acató un fallo judicial que dispone que se autorice el regreso de dos argentinos que habían viajado a Estados Unidos. A través de la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC), se exigió a las empresas aerocomerciales que sean traídos de vuelta en el plazo que marca la sentencia.
Fue la Cámara del Crimen la que a través de una resolución le ordenó este jueves al Gobierno nacional que en 24 horas garantice el regreso a la Argentina de dos personas que se encuentran en Estados Unidos, si bien marcó en el fallo la constitucionalidad del cupo establecido por el Estado nacional para el reingreso de los ciudadanos en el contexto de las medidas establecidas por la pandemia por el Covid- 19.
"Acatamos lo que dice la Justicia y autorizamos el regreso de estas dos personas, por lo que exigimos a las empresas que las traigan en el plazo que indica la sentencia", le indicaron fuentes oficiales a la agencia de noticias Télam.
"Acatamos lo que dice la Justicia y autorizamos el regreso de estas dos personas, por lo que exigimos a las empresas que las traigan en el plazo que indica la sentencia"
En el artículo 1° del fallo se establece "claramente que no se declara la inconstitucionalidad de la decisión administrativa" que determina un tope de 600 personas por día para el ingreso al país como parte de las medidas de prevención tras la avance de la variante Delta del coronavirus, expresaron las fuentes.
Al pedido de los argentinos de su regreso al país por "razones humanitarias", debido a que necesitan asistencia médica, el tribunal le dio lugar tras resolver un hábeas corpus que fue presentado en julio por cuatro ciudadanos.
En el fallo, al que también accedió la agencia de noticias, los jueces de la Sala VII de la Cámara del Crimen Mauro Divito y Juan Cicciaro resolvieron en primer orden "no hacer lugar a la solicitud de que se declare la inconstitucionalidad de la Decisión Administrativa N° 643/2021".
Determinaron además en el fallo " hacer lugar a la acción de hábeas corpus interpuesta en favor de Gerardo Hugo Sarayottis, disponiendo que la Jefatura de Gabinete de Ministros, mediante la intervención de los ministerios u organismos que correspondan, dentro del término de 24 horas de notificada, proceda a coordinar el urgente ingreso al territorio argentino del nombrado, quien deberá someterse a los controles -previos y posteriores al viaje- que disponga la autoridad administrativa y, una vez en el país, cumplir con el aislamiento que pudiere corresponder".
Por otro lado el tribunal resolvió " hacer lugar a la acción de hábeas corpus interpuesta en favor de Cristian Carlos Masarik, disponiendo que la Jefatura de Gabinete de Ministros, mediante la intervención de los ministerios u organismos que correspondan, dentro del término de 24 horas de notificada, proceda a coordinar el urgente ingreso al territorio argentino del nombrado".
Mientras que el fallo rechazó los hábeas corpus interpuestas por Natalia Gisela Fridenberg y Tomás Masarik.
Fuente: Télam