Una mujer oriunda de Neuquén dio a luz a su séptimo hijo varón y, como lo indica la Ley N° 20.843, el presidente Alberto Fernández podría llegar a ser el padrino del bebé. En tanto, el niño se llama nombre Emir y nació en la Maternidad del Hospital Provincial Castro Rendón.

Roxana León tiene 41 años y tenía ya seis varones, todos nacidos en el mismo centro hospitalario: Sergio (24), Kevin, de 22, Alex, de 14 años, Yandel, de 11, Yamil, de 7 años, y Leonel, de 3 años.

A la espera del séptimo hijo, y mientras cursaba el sexto mes de embarazo, el médico responsable de llevar a cabo la ecografía reveló que se avecinaba otro varón. Por ende, le mencionó sobre la posibilidad de solicitar el padrinazgo presidencial, opción que la mujer desconocía.

La mamá y su hijo son oriundos de Neuquén (La Mañana de Neuquén).

“Me dieron un reglamento para saber de qué se trata”, dijo en diálogo con LM Neuquén. Aquel texto detalla beneficios tales como apoyo estudiantil por parte del mandatario, posibilidad que entusiasmó a Roxana, dado que el padre del bebé la abandonó hace siete meses y su familia se mantiene, gracias al trabajo de sus dos hijos mayores y un plan social.

Ley de padrinazgo presidencial

Sancionada y promulgada en 1974, la normativa “garantiza el padrinazgo del Presidente de la Nación en funciones al momento del nacimiento del séptimo hijo varón o la séptima hija mujer de una prole del mismo sexo”.

Según remarca la ley, “quien haya sido apadrinado por el titular del Poder Ejecutivo, tendrá derecho a que el Estado nacional le asegure la realización gratuita de los estudios de nivel primario, secundario, universitario o especial que curse en establecimientos educativos oficiales”.

Para ello, el Gobierno nacional invierte “una suma anual necesaria para el otorgamiento de las becas de estudio instituidas”. Dentro de dicha suma se tiene en cuenta también “la provisión de libros y útiles y todo aquello que sea inherente al alojamiento, alimentación y recreación del becario”.

“El gasto que demande el cumplimiento de la presente ley se tomará de Rentas Generales, con imputación a la misma, hasta su inclusión en el presupuesto general de la Nación”, finaliza la regla.

¿Cómo obtener el beneficio?

Lo cierto, es que la página oficial del Gobierno de la Nación indica que será necesario completar previamente un formulario de inscripción, presentar la constancia de alumno regular y documentación complementaria que acredite el nivel educativo que cursa quien recibirá la asistencia.

“Toda la documentación deberá contar con firma y sello de la autoridad académica competente, sin enmiendas ni correcciones”, señala el portal del Poder Ejecutivo. Una vez se disponga de los papeles necesarios para iniciar el trámite, deberán remitirse de manera gratuita por Correo Argentino con el siguiente detalle: Padrinazgos Presidenciales Apartado especial respuesta postal paga N° 1 Sucursal Casa de Gobierno C.P. 1064 Balcarce 50- CABA.

Una vez otorgado el padrinazgo presidencial, se requiere renovar de manera anual la beca misma, presentando un nuevo formulario de renovación junto con la constancia de finalización del año cursado y el resto de los papeles que se presentaron en un principio. En este caso, la información se remite a: Ministerio de Educación Apartado Especial Nº 16 Sucursal Centro de Correo Argentino Calle Tte. General Juan Domingo Perón 321- C1038AAG- CABA.