Plazo fijo con tasa récord: el monto límite para evitar que AFIP revise la inversión
Las entidades bancarias deben informar a la AFIP los movimientos de los ahorristas cuando superan un monto determinado en sus depósitos a Plazo fijo.
Con los niveles de inflación actual y la devaluación del peso frente al dólar, muchos ahorristas utilizan el depósito bancario a Plazo fijo como una inversión para gestionar sus ahorros y obtener beneficios gracias a la tasa de interés récord que fijó el Banco Central. Mientras tanto, hay un monto límite para que ese instrumento no sea investigado por AFIP.
Desde mediados de octubre, las tasas de interés experimentaron un giro positivo tras un ciclo de más de dos meses en declive en términos reales. Esta novedad en el rendimiento del Plazo fijo se atribuye a la desaceleración de los niveles de inflación y a la medida adoptada por el Banco Central sobre las tasas de interés.
Puntualmente, la entidad monetaria estableció que la Tasa Nominal Anual (TNA) de las colocaciones a Plazo fijo para "personas humanas" se ubica en un 133%. Ese porcentaje se traduce en un rendimiento mensual de 11 puntos porcentuales.
Este dato es clave, ya que ahora podría superar el Índice de Precios al Consumidor (IPC), porque las estimaciones de fuentes privadas indican que habría un incremento de entre el 9% y el 10% durante octubre.
Como resultado, esa desaceleración de los precios brindaría un mayor margen para el crecimiento de los rendimientos de estos instrumentos financieros.
Al mismo tiempo, muchos ahorristas buscan aprovechar la Tase Efectiva Anual (TEA) de 253%, una ganancia que se logra reinvirtiendo el capital y los intereses ganados cada 30 días y a lo largo de 12 meses.
El monto límite para evitar que AFIP investigue el Plazo fijo
Por otra parte, como ya se informó, es una obligación de los bancos reportar los movimientos de las cuentas y tarjetas de sus clientes a partir de un monto mínimo. Esa medida se aplica a las inversiones a Plazo fijo.
Las entidades financieras deben comunicar a la AFIP el monto total acumulado de los depósitos a plazo fijo realizados cada mes, una vez que lleguen o superen los $200.000.
Anteriormente, el límite mínimo para esta notificación era de $90.000 y este aumento se dictó con el objetivo de mejorar la transparencia en la supervisión de las transacciones financieras.
Cabe mencionar que este monto de 200 "lucas" es mensual, pero también incluye todo tipo de acreditación del ahorrista. Por ello, la norma rige para las cajas de ahorro, cuentas sueldo o de la seguridad social y cuentas especiales.
Debido a esa disposición, las entidades financieras tienen que dar cuenta a la AFIP de los movimientos cuando el monto total acumulado de las acreditaciones o extracciones mensuales en moneda argentina o extranjera resulte igual o superior a $200.000.
Del mismo modo, los bancos deberán informar los saldos de las cuentas alcanzadas por la norma que al último día hábil del período mensual informado, resulten iguales o superiores en el mes a $ 200.000.
Finalmente, es de $120.000 el piso para que esas mismas entidades notifiquen a la AFIP sobre los consumos realizados con las tarjetas de débito.