Nuevo feriado para el 30 de enero: por qué y a quiénes les toca
A pocas semanas de celebrarse el primer finde XXL del año, durante el 20 y 21 de febrero por carnavales, un grupo podrá disfrutar de un día de descanso para el próximo lunes. Enterate a quienes les corresponde.
Mientras se espera la llegada de los Carnavales para disfrutar de cuatro días de ocio en cualquier sitio del país, se confirmó que el próximo lunes 30 de enero será feriado, aunque no para todos los ciudadanos.
El asunto es que este día para el municipio de Florencio Varela será un día no laborable para sus trabajadores a causa del aniversario fundacional del partido y, por lo tanto, los trabajadores municipales y del Banco Provincia podrán gozar de una jornada sin trabajar.
Por el momento, y si bien el Municipio de la localidad de zona sur no se manifestó al respecto, en años anteriores había decretado feriado para la administración pública.
Ese partido de la Provincia de Buenos Aires cumple 129 años desde su fundación y autoridades locales anunciaron importantes actividades para festejarlo.
Con respecto a esta fecha, el secretario de Cultura, Deportes y Recreación, Mauricio Rodríguez, informó que realizarán diferentes actividades para conmemorar el día.
El acto central será a las 8.45 en la plaza San Juan Bautista y contará con importantes actuaciones mencionadas a continuación: La comparsa Puca-Bera, La batería Gres La Majestuosa, La banda De-Fusión Santafecina, El conjunto Ron & Velas y Ezequiel "El Polaco" Cwirkaluk.
El cierre del evento estará a cargo del Ensamble Municipal de Tango. Además, a partir de las 18, el Museo Comunitario de Artes Visuales e Histórico, se presentará la muestra "Más Allá de la Filatelia".
Feriados de 2023
Por otra parte, el calendario de feriados 2023, con feriados inamovibles, trasladables y turísticos, fueron definidos a inicios de año a través del Decreto 764, publicado en el Boletín Oficial y firmado por el presidente Alberto Fernández.
Durante el corriente año habrá 19 feriados, de los cuales 14 son días festivos inamovibles, 2 trasladables y 3 con fines turísticos. A su vez, el primer fin de semana largo será el 20 y 21 de febrero con la celebración del tradicional Carnaval.
En tanto, los otros feriados son los siguientes:
Marzo
24: Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia.
Abril
2: Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas.
7: Viernes Santo.
Mayo
1°: Día del Trabajador.
2: Día de la Revolución de Mayo.
Junio
17: Paso a la Inmortalidad del General Don Martín Miguel de Güemes.
20: Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano.
Julio
9: Día de la Independencia.
Agosto
21: Paso a la Inmortalidad del Gral. José de San Martín.
Setiembre
16/17: Año nuevo judío.
25: Día del Perdón.
Octubre
13: Feriado con fines turísticos.
16: día del respeto a la diversidad cultural.
Noviembre
20: Día de la Soberanía Nacional.
Diciembre
8: Día de la Inmaculada Concepción de María.
25: Navidad.
¿Cuáles son los feriados trasladables?
La Ley 27.399 decreta que los feriados nacionales, cuyas fechas coincidan con los días martes y miércoles, serán trasladados al día lunes anterior. Además, los que coincidan con los días jueves y viernes, serán trasladados al próximo lunes.
Con esta ley, los feriados trasladables son:
El 17 de agosto (Paso a la Inmortalidad del General José de San Martín) se celebrará el lunes 21 de agosto.
El 12 de octubre (Día del Respeto a la Diversidad Cultural) se celebrará el lunes 16 de octubre.
Los feriados con fines turísticos serán los siguientes días:
El viernes 26 de mayo (puente con el feriado del jueves 25 de mayo, Día de la Revolución de Mayo).
El lunes 19 de junio (puente con el feriado del martes 20 de junio, Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano).
El viernes 13 de octubre (fin de semana largo, de cuatro días, por traslado del jueves 12 de octubre -Día del Respeto a la Diversidad Cultural- al lunes 16 de octubre).