Feriado del 31 de diciembre: quiénes no trabajan antes de Año Nuevo
Según lo establecido por la ley, el último día del 2022 y el primero del 2023 tienen condiciones distintas. Conocé si tenés feriado este fin de año o no, en la nota.
Nos encontramos en la previa al Año Nuevo y como ocurre todos los años, siempre surge la misma pregunta: ¿El 31 de diciembre y el 1° de enero son feriado? La respuesta puede encontrarse en el calendario oficial de feriados que fue elaborado por el Ministerio del Interior.
Según dicta la ley 27.399, el primer día del Año Nuevo, es decir, el 1° de enero, está descripto como uno de los feriados inamovibles de nuestro calendario. Por el contrario, el 31 de diciembre no figura en dicha lista, por lo que la respuesta a la famosa pregunta es que el día de asueto es el primer día del año y no el último del anterior.
No obstante, este año hay que tomar con pinzas esta información porque tanto la víspera como el Año Nuevo caerán en sábado y domingo, respectivamente, lo que limitará el impacto en la actividad laboral de un día que suele ser de descanso extendido, pero se verá acotado en esta ocasión.
En esta línea, cabe destacar que la jornada oficialmente es un feriado, por lo que se aplican las mismas circunstancias a este tipo de días cuando caen en la semana hábil: quienes por lo general trabajen en esta jornada y deban acudir a sus puestos el domingo 1° de enero, cobrarán el doble de lo que perciben un día regular, según lo definido por la Ley de Contrato de Trabajo.
Pero eso no es todo, sino que además, para algunas personas habrá fin de semana largo debido a que el Gobierno decretó asueto administrativo para el viernes 30, último día hábil antes del fin de 2022.
Esta medida fue replicada por otros poderes del estado, pero también rechazada por jurisdicciones como la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Cuáles son los feriados del 2023
Feriados inamovibles:
1° de enero ( Año Nuevo)
20 y 21 de febrero ( Feriados de Carnaval)
24 de marzo (Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia)
2 de abril (Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas)
7 de abril (Viernes Santo)
1° de mayo (Día del Trabajador)
25 de mayo (Día de la Revolución de Mayo)
17 de junio (Paso a la Inmortalidad del General Don Martín Miguel de Güemes)
20 de junio (Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano)
9 de julio (Día de la Independencia)
20 de noviembre (Día de la Soberanía Nacional)
8 de diciembre (Día de la Inmaculada Concepción de María)
25 de diciembre (Navidad).
Feriados trasladables:
El 17 de agosto (Paso a la Inmortalidad del General José de San Martín) se celebrará el lunes 21 de agosto
El 12 de octubre (Día del Respeto a la Diversidad Cultural) se celebrará el lunes 16 de octubre
Feriados con fines turísticos:
Viernes 26 de mayo (puente con el feriado del jueves 25 de mayo, Día de la Revolución de Mayo)
Lunes 19 de junio (puente con el feriado del martes 20 de junio, Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano)
Viernes 13 de octubre (fin de semana largo, de cuatro días, por traslado del jueves 12 de octubre -Día del Respeto a la Diversidad Cultural- al lunes 16 de octubre.