Empleadas domésticas: ¿De cuánto es el salario básico de enero?
Las trabajadoras de casas particulares recibieron un incremento del 10% en diciembre, el cual se manifiesta en el valor final de enero, a la espera de una reunión paritaria entre el Gobierno y el sindicato de empleadas para actualizar los valores en base al índice inflacionario.
El rubro de las empleadas domésticas percibió un último aumento del 10% en el pasado mes de diciembre, el cual se vio reflejado en enero, de acuerdo a lo pactado por Comisión Nacional de Trabajo de Casas Particulares con la Secretaría de Trabajo nacional.
Cabe destacar que el salario básico quedó establecido en un 34% en total, dividido en tres partes, de acuerdo a lo escrito en la Resolución 6/2023: 12% octubre, 12% noviembre y 10% diciembre.
Sin embargo, tras las paritarias acordadas en septiembre del año 2023, y el cual se aplica a todas las categorías del sector, desde la comisión plantearon la necesidad de una nueva convocatoria para el mes de enero de manera "urgente y sin demoras".
¿De cuánto es el salario básico de las trabajadoras particulares?
De menor a mayor, y según la categoría, los salarios básico para el mes de enero quedaron establecidos de la siguiente manera:
•Quinta categoría (Tareas generales): $173.758 (con retiro); y $193.217 (sin retiro). Por hora, $1.416,5 (con retiro); y $1.528 (sin retiro).
•Cuarta categoría (Cuidado de personas): $193.217 (con retiro); y $215.320 (sin retiro). Por hora, $1.528 (con retiro); y $1.708,5 (sin retiro).
•Tercera categoría (Caseros): el sueldo mensual es de $193.217. Por hora, cobrarán $1.528.
•Segunda categoría (Personal para tareas específicas): $198.037 (con retiro); $220.256 (sin retiro). Por hora, $1.617,5 (con retiro); y $1.773,5 (sin retiro).
•Primera categoría (Supervisora): $213.159,3 (con retiro); y $237.435,5 (sin retiro). Por hora, $1.708,5 (con retiro) ; y $1.871,5 (sin retiro).
Vale destacar que los empleadores deberán abonar un adicional del 1% por año sobre los salarios mensuales para el personal doméstico por antigüedad. Esta liquidación es generalizada y abarca a todas las relaciones laborales vigentes.
Además, el ministerio de Trabajo consignó que se deberá calcular el 1% por cada año trabajado y establecerlo en el ítem "Antigüedad", y el sistema emitirá el recibo final con todos los conceptos declarados.