Censo 2022: ¿De cuánto son las multas por no responder al formulario?
El INDEC establece la obligatoriedad de responder al formulario del Censo 2022 (censo.gob.ar) y prevé una penalización para quienes no estén presentes en el domicilio o se resistan a hacerlo. ¿Cuáles son los montos?
El Censo 2022 se realizará en todo el territorio argentino el 18 de mayo. Por primera vez en la historia, el relevamiento del Censo Nacional de Población, Hogares y Viviendas 2022 se está llevando adelante en doble modalidad: digital - optativo - y presencial.
De esta manera, el Estado podrá recopilar la información actualizada de más de 45 millones de habitantes y más de 15 millones de viviendas tras la realización del último relevamiento en 2010.
Con el fin de hacer un recuento efectivo de todas las personas, hogares y viviendas, el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC) decreta como obligatoria la presencia de un adulto por cada hogar, ya sea para mostrar la constancia de realización del censo digital o para responder personalmente las preguntas del cuestionario en caso de no haber avanzado con dicha etapa virtual.
¿Es obligatorio completar el formulario del censo?
En concordancia, el Gobierno decretó al 18 de mayo como Feriado Nacional, con el fin de asegurarse que la mayor cantidad de personas posibles estén en sus hogares al momento de la visita del censista, que deberá ser recibido de forma obligatoria.
Como lo dicta el artículo 17° del Decreto 726/2020, todos los habitantes de la Nación quedan obligados a responder la totalidad de las preguntas incluidas en el Censo: “Todos y todos los y las habitantes de la Nación quedan obligados y obligadas a responder la totalidad de las preguntas incluidas en el Censo”, fija el organismo.
Además, se establece que “quienes no suministren en término, falseen u omitan la información solicitada incurrirán en infracción y serán pasibles de multa”, ya sea por no estar en el domicilio o por resistirse a hacerlo.
¿De cuánto son las multas por no responder el censo?
Según reza el artículo 15 de la Ley N° 17.622, podrán ser multados “quienes no suministren en término, falseen o produzcan con omisión maliciosa las informaciones necesarias para las estadísticas y los censos a cargo del Sistema Estadístico Nacional”.
En cuanto a los importes de dicha penalización, los mínimos y máximos se ajustarán semestralmente, en enero y julio de cada año, “en función de los incrementos habidos en los semestres que vencen el treinta y uno de diciembre y el treinta de junio, de conformidad con la variación operada en el nivel general de precios al por mayor en dichos períodos”, explica la normativa.
De esta manera, y según la última actualización correspondiente al 23/02/2022, quienes queden en dicha condición tendrán previstas multas que irán de los $1.076,36 a los $106.799,35.
Alternativa: ¿Qué pasa si no estoy en mi casa el día del censo?
Aquellos individuos que por razones de fuerza mayor no puedan estar en sus domicilios el día del censo, deberán seguir una serie de pasos para cumplir con su deber ciudadano.
El propio sitio web oficial del Censo Digital 2022 aclara que si una persona, por razones de fuerza mayor (laborales, salud, etc.), no se encuentra en su vivienda el día de la encuesta, podrá dejarle a un vecino, encargado o persona de confianza el código del comprobante del censo digital para que se lo entregue al censista. Quienes viven en una casa podrán dejarlo en la vivienda contigua o lindante a la suya.