ANSES pagará un EXTRA de $200.000 para JUBILADOS: de qué se trata y cómo cobrarlo
Los jubilados de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) recibirán un importante monto adicional en los próximos días. Conocé si te corresponde.
Recientemente, la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) confirmó la acreditación de un pago extra para los jubilados. Si bien podría brindar un “alivio” para el bolsillo de muchas personas, debido a que se trata de un concepto en particular, no todos podrán cobrarlo y conviene conocer todas las especificaciones.
Se trata de una suma de $200.000 destinada a equiparar por lo menos un poco los ingresos de quienes lo precisen. Antes de anticiparse a cualquier cuestión, es fundamental entender las condiciones necesarias para su abono, sobre todo con el objetivo de no “marearse” con los pagos típicos del mes, como el aumento en el haber y el bono oficializado por el Gobierno.
El beneficio está dedicado a las familias de esos jubilados de la ANSES, ya que su foco se orienta a “un acompañamiento” sumamente importante. Para más información sobre temas relacionados, ingresá a este enlace. Y todos los datos oficiales están en anses.gob.ar.
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Pago extra de $200.000 para jubilados de la ANSES: a qué se debe y cómo se cobra
Los familiares de los jubilados de la ANSES van a poder cobrar una pensión por fallecimiento correspondiente a un porcentaje del haber mensual que recibía el titular. No obstante, no es para todos, puesto que se precisa cumplir con ciertos requisitos antes de garantizarse el pago.
El adicional se encuentra orientado a “garantizar un acompañamiento económico al familiar de una persona jubilada fallecida”, según se detalla en la página web oficial. Específicamente, el cónyuge, esposa o marido podrá acceder a un 70% del salario jubilatorio que cobraba el fallecido, siempre y cuando no tuvieran hijos.
En caso de tenerlos, la pareja en cuestión podrá cobrar el 50% de ese sueldo, mientras que los descendientes percibirán un 20% del total cada uno. La jubilación mínima se encuentra en $225.454, por lo que el cobro será de $200.000 aproximadamente. De cualquier forma y para disponer de la suma, las condiciones estipuladas se expresan a continuación.
Jubilados de la ANSES: ¿Cuáles son los requisitos para cobrar el extra de $200.000?
- El fallecimiento debe haber ocurrido dentro de los últimos 4 meses.
- La jubilación de la persona fallecida a partir de la cual se tramita esta pensión debe pertenecer al régimen general y no a uno especial.
Además, las personas que pueden cobrar la pensión por fallecimiento deben estar enmarcadas en las siguientes categorías:
- Cónyuge: con partida de casamiento actualizada posterior a la fecha de fallecimiento.
- Conviviente: acreditar 5 años de concubinato antes de la fecha del fallecimiento. Si tienen un hijo reconocido por ambos, el plazo se reduce a 2 años.
- Hijos: ser menor de 18 años, soltero y no cobrar otra prestación (no hay límite de edad en caso de que el hijo se encuentre incapacitado para trabajar y haya estado a cargo del jubilado fallecido).
Pensión por fallecimiento de la ANSES: cómo tramitarla
La persona que realice el trámite debe presentar:
- Partida de defunción del fallecido.
- Formulario Información Bancaria (PS 6.76) en caso de no estar en la ANSES.
- Documento Nacional de Identidad (DNI) del familiar que va a recibir la prestación.
- Formulario Declaración Jurada Art. 1º Ley 17.562 (PS 6.9).
En caso de ser un jubilado con moratoria, se deberán descontar las cuotas pendientes del haber correspondiente, mientras que los hijos incapacitados para trabajar deberán presentar la documentación que acredite su situación y la relación con el fallecido.
El trámite es totalmente gratuito y se inicia por la página web de la ANSES, aunque requiere la presentación en un centro de atención. Cuando ya se cuente con todos los papeles pedidos, se debe proceder de esta forma:
1. Ingresar a la aplicación o sitio web de la ANSES con el CUIL y la Clave de la Seguridad Social.
2. Revisar que la información personal y los vínculos familiares estén registrados y actualizados.
3. Solicitar un turno para realizar la gestión en una oficina del organismo.