Por medio de tres resoluciones publicadas en el Boletín Oficial de este miércoles, el Gobierno nacional prohibió la comercialización de un destapador de cañerías y de dos repelentes de insectos, y de acuerdo a la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica ( ANMAT), todos los productos presentaban irregularidades.

En el primer documento, la disposición 6222/2024 (con la firma de la titular del organismo, Nélida Agustina Bisio), ANMAT prohibió "el uso, la comercialización y la publicidad en todo el territorio nacional y en plataformas de venta electrónica de todos los lotes de todos los productos domisanitarios de marca 'Daytona', hasta tanto cuente con la debida autorización sanitaria".

Se trata, en específico, del producto “Destapa cañerías Daytona", en cuyo rótulo no se indicaba composición cuantitativa, titular y/o elaborador del producto ni datos de registro sanitario. La medida argumenta que "el producto no se encuentra inscripto ante la ANMAT y que no se identifica (ningún) establecimiento responsable habilitado" por el organismo para su venta.

Ante esto, la normativa recalcó que, hasta tanto se regularice la situación, no se avala la "elaboración, tenencia, fraccionamiento, circulación, distribución y entrega al público" de este tipo de producto "impuro o ilegítimo”, dado que se desconoce su origen y además carece de registro sanitario. "No se puede garantizar su calidad, seguridad y eficacia", indicaron desde la Administración.

ANMAT prohibió destapador d... by Gabriel Arias

Por su parte, también se aplicó la misma medida con la venta de repelentes para insectos de la marca Repe Wels Plus, considerados "falsificados" en todos los lotes, presentaciones y contenidos netos. "No es posible brindar garantías acerca de su eficacia, seguridad y/o formulación con ingredientes permitidos por la normativa vigente aplicable", advirtieron desde el organismo.

El artículo 1° de la Disposición 6232/2024 indica: "Prohíbase el uso, la comercialización, la publicidad, la distribución en todo el territorio nacional y la publicación en plataformas de venta en línea de todos los lotes, presentaciones y contenidos netos del producto falsificado de origen nacional que posee las siguientes características: se comercializa en botella cilíndrica, el etiquetado se presenta sólo en la cara frontal y tiene fondo naranja en la parte superior y blanco en la parte inferior. La fecha de vencimiento se presenta en la parte inferior de la etiqueta delantera y se identifica fraudulentamente bajo la denominación “REPELENTE DE INSECTOS, marca REPE WELS PLUS".

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Por último, la Disposición 6234/2024 prohibió "el uso, la comercialización, la publicidad, la distribución en todo el territorio nacional y la publicación en plataformas de venta en línea del repelente de insectos de origen nacional, en todos los lotes, presentaciones y contenidos netos: REPELENTE DE INSECTOS con DEET 25% y glicerina, marca STOP MOSQUITOS. TE CUIDA MEJOR".

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En los considerandos de la normativa, ANMAT explicó, entre otras cosas, que "se trata de un repelente de insectos ilegítimos no inscripto ante la ANMAT para el que se desconoce el establecimiento que estuvo a cargo de su elaboración".