ANMAT ordenó retirar del mercado un gel facial inyectable tras una grave denuncia
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) vetó la fabricación, distribución y venta del producto de estética a través de la Resolución 6760/2022 publicada en el Boletín Oficial.
Tras una importante investigación llevada a cabo por autoridades sanitarias, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica ( ANMAT) decidió prohibir la venta en todo el país de un gel facial inyectable.
En esta oportunidad, ANMAT por medio de la Resolución 6760/2022, publicada en el Boletín Oficial de este martes, “prohibió el uso, comercialización y distribución en todo el territorio nacional" del producto "JUVEDERM VOLUMA WITH LIDOCAINE, 2 X 1 mL INJECTABLE GEL, LOT VB20A90720, (fabricación) 2022.02, (vencimiento) 2024.01, REF 96637JR, ALLERGAN”.
Se trata de un inyectable que está obligado a cumplir las exigencias de un producto estéril. En este marco, fue la misma compañía la que alertó a las autoridades de la "existencia de unidades falsificadas" después de que un profesional de la salud les reportara una posible falsificación.
En este sentido, el Departamento de Control de Mercado se acercó a la firma ALLERGAN Productos Farmacéuticos S.A., con el objetivo de realizar la "verificación de legitimidad de dos (2) unidades". Así, los responsables técnicos de laboratorio afirmaron que el lote investigado “no fue ingresado al país por la empresa titular de registro”.
De esta forma se concluyó que “las unidades detectadas en el mercado argentino son falsificadas”, por lo que se advirtió de la existencia de dichos productos en el mercado para "proteger a eventuales adquirentes y usuarios". "Representa alto riesgo para la salud de los potenciales pacientes", afirmaron.
ANMAT: otros productos prohibidos
En tanto, el organismo estatal dispuso, a través de la Disposición 6606/2022, la prohibición del uso y comercialización en todo el territorio nacional, en todas sus presentaciones de los siguientes productos: TRATAMIENTO CAPILAR BTX, TRATAMIENTO CAPILAR NUTRI REPARADORA y MÁSCARA SUPER ÁCIDA marca PRIMONT.
La decisión fue realizada debido a que dichos productos no cuentan con datos de lote, fecha de vencimiento, de inscripción del producto ante la ANMAT, del responsable de la comercialización y del país de origen.
En su considerando, la publicación señala que se inician las actuaciones a raíz de una denuncia realizada por la firma COSMÉTICA PRIMONT SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, en carácter de titular y elaboradora, por la comercialización de los productos falsificados de su marca.
A su vez, el denunciante refiere que el día 15 de junio de 2022, fueron compradas 3 unidades de los mencionados productos en la dirección Einstein 1116, José Clemente Paz, Provincia de Buenos Aires.
Ante ello y consultada la base de datos de inscripción de los productos cosméticos, se hallaron los productos inscriptos bajo la marca PRIMONT y con las denominaciones ut-supra mencionadas que constituyen productos legítimamente inscriptos ante esta Administración Nacional y que exhiben diferencias significativas respecto a los productos denunciados como falsificados.
Destaca que la empresa comparó las unidades falsificadas con los productos originales TRATAMIENTO CAPILAR BTX, TRATAMIENTO CAPILAR NUTRI REPARADORA, y MÁSCARA SUPER ÁCIDA marca PRIMONT elaborados por la firma COSMÉTICA PRIMONT S.R.L. y declararon las diferencias detectadas en relación a características organolépticas, de rotulado y en el tipo de envase utilizado.
¿Por qué se prohibieron?
Y que teniendo en cuenta las fotografías disponibles, se verificó que los productos señalados por la empresa como falsificados poseen diferencias significativas en sus características visibles externas, a saber: calidad, color, modelo y diseño de los envases; leyendas, información y tipografía que figuran en los rótulos, tamaño y contenido neto.
No obstante, se comprobó que los productos falsificados no consignan los datos legales sanitarios exigidos por la normativa vigente: la codificación de lote y fecha de vencimiento, el dato de inscripción del producto ante esta Administración Nacional, el dato del responsable de la comercialización y el país de origen.
Además, en ese contexto, se deja constancia que la firma COSMÉTICA PRIMONT S.R.L. se encuentra habilitada ante esta ANMAT como elaboradora y fraccionadora de productos cosméticos capilares y como importador y exportador de productos cosméticos y manifestó que no ha participado en ninguna etapa productiva correspondiente a los productos señalados como falsificados.
Es por ello que el Departamento de Domisanitarios, Cosméticos y Productos de Higiene entiende que los productos denunciados se encuentran en infracción.
Finalmente, fija que toda vez que de las circunstancias detalladas se desprende que se trata de productos cosméticos falsificados, por lo tanto, carecen de los datos de inscripción declarados ante la Autoridad Sanitaria competente, que declara datos no veraces en su rotulado, que se desconoce su origen y en consecuencia se desconoce si fueron formulados con ingredientes permitidos y bajo las concentraciones establecidas por la normativa vigente al respecto, motivo por el cual no puede garantizarse su calidad ni seguridad de uso, se sugiere la prohibición preventiva de comercialización y uso del producto en todas sus presentaciones.