El ministro de Economía y candidato presidencial de Unión por la Patria (UP), Sergio Massa, confirmó este jueves que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) suspenderá el aumento de las tasas de interés de los planes de pago de la moratoria aprobada en 2020 para micro y pequeñas empresas (PyMEs), entidades sin fines de lucro y organizaciones comunitarias, así como personas humanas.

La medida fue oficializada en la Resolución General 5431/2023, publicada esta mañana en el Boletín Oficial. En un mensaje grabado, Massa destacó que esta iniciativa beneficiará "más de 189.000 pymes, micropymes, pequeños contribuyentes y entidades sin fines de lucro".

De acuerdo a la resolución de la AFIP, la actualización de la tasa pasará de ser semestral a anual y por consiguiente el próximo aumento será en abril de 2024.

En ese sentido, el organismo informó que "en concordancia con las recientes medidas de fortalecimiento de la actividad económica impulsadas por el Ministerio de Economía para los contribuyentes de menor envergadura".

"Hemos tomado la decisión de prorrogar por seis meses más el valor de la cuota de tu deuda con la AFIP", señaló Massa en un mensaje de cerca de un tiempo de duración, en el que también expresó entender "el esfuerzo" de los contribuyentes favorecidos con la medida "en la lucha contra la inflación y por mantener los puestos de trabajo".

Al respecto, remarcó, dirigiéndose a los beneficiarios de la resolución, que "los próximos seis meses el valor de la cuota va a seguir siendo igual al valor de la cuota que venías pagando en tu deuda ante la AFIP".

"Hacemos el esfuerzo juntos, no aplicamos tasa de interés a los efectos de que vos tengas aliviada la situación y sigas defendiendo, como lo vienen haciendo las pymes, la generación de empleo en la Argentina", concluyó el Ministro de Economía.

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La nueva resolución modifica parte de los Artículos 23 y 55 de la Resolución General 5101/2021, y así modifica la periodicidad semestral a anual para las cuotas con vencimiento en los meses de abril de 2023 y siguientes.

De esa manera, la AFIP deja de tener en consideración a los semestres abril/septiembre y octubre/marzo, que pasa a ser reemplazado por abril/marzo.

En los considerandos de la norma, el organismo tributario explicó que está facultada a dictar normas complementarias y que en esas medidas debe propenderse a "la recuperación del entramado productivo y la preservación de las fuentes de empleo, especialmente respecto de aquellos sectores que han sido afectados severamente por las dificultades generadas como consecuencia de la pandemia de la Covid-19".

"Por consiguiente y en concordancia con las recientes medidas de fortalecimiento de la actividad económica impulsadas por el Ministerio de Economía para los contribuyentes de menor envergadura, se estima pertinente adecuar la periodicidad de la actualización de la tasa de interés de financiación variable aplicable a los planes de facilidades de pago", agregó.

Entre los beneficiarios de la medida, la AFIP identificó a "las micro y pequeñas empresas, las entidades sin fines de lucro y organizaciones comunitarias, así como por las personas humanas y sucesiones indivisas consideradas 'pequeños contribuyentes'".