Ruta del dinero K: la Cámara Federal porteña revocó el sobreseimiento de Cristina Kirchner tras diez años de investigación
La decisión se alcanzó por votación dividida de los jueces Pablo Bertuzzi y Mariano Llorens y la disidencia de Eduardo Farah. El querellante de la causa que hizo el pedido de revocar el sobreseimiento de la vicepresidenta es la asociación civil "Bases Republicanas".
La Cámara Federal porteña revocó este martes el sobreseimiento de la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner en la causa por supuesto lavado de activos, mejor conocida como “la ruta del dinero K”, en la que fue condenado el empresario Lázaro Báez, tras más de una década de investigación.
La decisión de la sala II del Tribunal de Apelaciones dispuesta por el juez federal Sebastián Casanello, se alcanzó por votación dividida de los camaristas Pablo Bertuzzi y Mariano Llorens y la disidencia de Eduardo Farah.
De este modo, la Cámara Federal hizo lugar a un planteo de la asociación civil "Bases Republicanas", aceptada como querellante en la causa luego del dictado de la desvinculación de la Vicepresidenta, que había firmado Casanello, a instancias del fiscal Guillermo Marijuan y con el aval de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y de la Unidad de Información Financiera.
En la resolución, se planteó que se debe analizar la causa junto a las pruebas que expuso el fiscal Diego Luciani en el juicio Vialidad, estudiar el caso de Hotesur-Los Sauces que ahora irá a juicio oral y se sugirió incoporar las declaraciones de ex funcionarios arrepentidos en el expediente Cuadernos, así como las maniobras de lavado de dinero que salpican al financista Ernesto Clarens.
El juez Farah votó en minoría por rechazar el pedido. “No habiendo acusación fiscal y no siendo la ONG ‘Bases’ una parte habilitada legal y constitucionalmente para querellar penalmente en la causa (conf. lo dicho por mí en la resolución previa registrada en CFP 3017/13/330/CA90, del 17 de agosto pasado), debe estarse al sobreseimiento dictado en primera instancia”, dijo.
En el voto mayoritario de Bertuzzi y Llorens se hizo lugar a la apelación de la ONG y se ordenó al juez que "reexamine el fondo de la cuestión teniendo en cuenta los lineamientos expresados" en la resolución de la Cámara "y todos aquellos que presenten las partes legitimadas en el proceso".
Llorens sostuvo que “la incorporación de este nuevo actor también habilita a que se reexamine la cuestión fondo objeto de esta causa, sobre la base del rol de acusador particular oportunamente conferido” y a su vez agregó “los argumentos expuestos por los Querellantes en el recurso resultan suficientes como para advertir la necesidad de despejar por completo la incertidumbre que presenta conocer la verdad de los hechos y la participación de la imputada en esta causa”.
“No se me escapa la inseguridad que genera esta indecisión”, afirmó y recordó que en fallos anteriores habia hablado de obligación de “analizar conglobadamente la totalidad la prueba que se hubiera producido –y conocido- respecto de los hechos, teniendo en cuenta que existe una única realidad histórica, reconstruida a partir de los elementos válidamente incorporados que conducen a afirmar que los hechos probados aparecen protagonizados por personas perfectamente identificadas y guiadas por una única conducción”.
Para Llorens, aquí se “prescindió de una evaluación integral que exigía, por ejemplo, la incorporación de la prueba sostenida por su par del Ministerio Público en el alegato de la causa Vialidad que informó acerca de numerosísimos elementos agregados en ésa y otras causas, que dan cuenta de la relación entre Lázaro Báez y Cristina Fernández de Kirchner, sus negocios en común, los beneficios mutuos que esa relación tuvo, y podría llegar a seguir teniendo (repárese, por ejemplo, solo en el análisis que efectuara el Dr. Luciani respecto del testamento secuestrado en estas actuaciones pero que solo fuera analizado allí, y no acá), lo que sí resaltó la Querella en su reclamo”.
La causa comenzó en abril de 2013, y gran parte de esa investigación ya se debatió en juicio. Allí Lázaro Báez fue condenado junto a otros 17 imputados, entre ellos sus hijos, por haber llevado adelante maniobras millonarias de lavado de dinero, que rondaron los 55 millones de dólares. En el juicio oral se sostuvo que ese dinero provenía de la facturación ilegal y de la obra pública. En Casación confirmaron las condenas, aunque bajaron las penas.
El juez Casanello dictó la falta de mérito sobre Cristina Kirchner, confirmada en marzo de 2019 por la Cámara Federal, que también ordenó una serie de medidas a profundizar. En 2022, su defensa pidió su sobreseimiento, pero retiró el planteo. Para la defensa, “este proceso fue utilizado por los opositores políticos de Cristina Fernández de Kirchner para denostar su figura”.