Prorrogan el vencimiento del impuesto a los créditos y débitos bancarios, y PAIS
La AFIP lo dispuso con el objetivo de facilitar el cumplimiento de las obligaciones de los contribuyentes. La medida fue publicada en el Boletín Oficial.
La Administración Federal de Ingresos Públicos ( AFIP) dispuso que el 31 de mayo será la fecha de vencimiento "excepcional" para el ingreso de las percepciones del impuesto sobre Créditos y Débitos Bancarios y del impuesto PAIS.
La medida quedó oficializada a través de la Resolución General 5513/2024 firmada por la titular del organismo, Florencia Misrahi, que fue publicada este martes en el Boletín Oficial.
La decisión aplica a todos los responsables y se enmarca en las facultades conferidas a la AFIP por las Resoluciones Generales N°2.111 y N°4.659.
La prórroga alcanza a todos los agentes de liquidación y/o percepción de ambos impuestos, mientras que el ingreso de las percepciones se podrá realizar hasta el 31 de mayo de 2024, inclusive, mediante los canales habituales habilitados por el organismo.
En el caso del gravamen sobre débitos y créditos bancarios, se trata de percepciones y/o impuesto propio devengado del 16 al 22 de mayo de 2024, que vencían el 27 de este mes. En el caso del impuesto PAIS, son percepciones del 16 al 22 de mayo, de acuerdo con el texto oficial.
La AFIP justificó esta medida al señalar que para "facilitar el cumplimiento de las obligaciones de los contribuyentes y/o responsables, deviene oportuno extender hasta el 31 de mayo de 2024 el plazo para que los responsables comprendidos cumplan con la determinación y/o el ingreso de ciertas obligaciones impositivas con vencimiento fijado originalmente para el 27 de mayo del corriente año".
Actualización en los gastos a ser informados por bancos y billeteras virtuales
En las últimas horas, la AFIP también actualizó los importes a partir de los cuales las entidades financieras y las plataformas de gestión electrónica o digital deben informar todas las transacciones, saldos y consumos de las cuentas que gestionan.
En el caso de acreditaciones, extracciones en efectivo y saldos mensuales de todas las cuentas, el monto mínimo se elevó de $200.000 a $700.000; mientras que en los consumos con tarjetas de débito del titular y adicionales, se elevó de $120.000 a $400.000.
La Resolución General 5512/2024 entró en vigencia con su publicación en el Boletín Oficial y aplica para operaciones a partir del 1° de junio de 2024.