Se encuentra en análisis un nuevo subsidio extraordinario que sería percibido por un universo 5.900.000 jubilados y pensionados a partir de abril próximo. Este bono extraordinario, alcanza al 70% de los beneficiarios del sistema previsional.

Atento a la escalada inflacionaria y la pérdida del poder adquisitivo que afecta en mayor medida a los adultos mayores por estas horas, se analiza el otorgamiento de un bono extraordinario para jubilados y pensionados. El monto pretendido sería de $8.000, que se anunciará en abril y abonaría en mayo, según los criterios que se determinarán al concretarse los anuncios oficiales. 

En diciembre, con el otorgamiento del último bono para este sector, la titular de ANSES, María Fernanda Raverta, ya había sostenido que en 2021 “los jubilados no solo le ganaron a la inflación, sino que esta nueva fórmula logró ganarle en tres o cuatro puntos porcentuales a la del Gobierno anterior”, ya que el acumulado de los cuatro aumentos establecidos por la Ley de Movilidad alcanzó el 52,7 por ciento, incremento que hubiera sido de 48,6 por ciento con el mecanismo previo. 

Sin embargo, se espera que la inflación de marzo ronde 6% resultando la más alta de los últimos años. 

Monto del bono para jubilados: lo que se analiza

Concluyendo, esta nueva medida paliativa la percibirán aquellos titulares que cobren el haber mínimo vigente ($32.630), pudiendo establecerse alguna escala de especial alcance como último bono otorgado de diciembre 2021. Recordemos que en diciembre se otorgaron 8000 pesos para las jubilaciones y pensiones de hasta 29.062 pesos, en tanto, para aquellos que tenían ingresos previsionales entre un haber mínimo de 29.062 pesos y 37.062 pesos, recibieron la diferencia hasta completar este último monto.

  • En un ejemplo práctico: hoy el titular que cobra hoy $32.630 recibirá un bono extraordinario de $8.000 que podría impactar en los haberes de mayo, ascendiendo la prestación básica a $40.630. 

Esta asistencia extraordinaria será otorgada a jubilaciones, pensiones contributivas y asistenciales, con beneficios vigentes en el mismo el mes de pago. Por su parte, los subsidios a abonar no serán susceptibles de descuento alguno ni computables para ningún otro concepto. Calculándose en junio el próximo ajuste por movilidad solo sobre los haberes iniciales.