Monotributo: cuáles son los cambios que quedaron oficializados este lunes y a quiénes afectan
El Gobierno reglamentó el cambio en el pago del componente impositivo para monotributistas que días atrás había sido anunciado por el ministro de Economía, Sergio Massa, junto con un amplío paquete de medidas. Todos los detalles, en la nota.
Este lunes 4 de septiembre se reglamentó mediante la Resolución General ( AFIP) 5411/2023, publicada en el Boletín Oficial, la prórroga del pago del componente impositivo de las cuotas del monotributo para las categorías A, B, C y D, medida que había sido anunciada por el ministro de Economía, Sergio Massa.
Tras las disposiciones dadas a conocer por el titular del Palacio de Hacienda el domingo 27 de agosto, se encomendó a la AFIP la extensión del vencimiento de septiembre y los próximos cinco meses del impuesto integrado (componente impositivo) de las personas adheridas al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) comprendidos en las categorías A, B, C y D. Este cambio entró en vigencia desde este lunes tras su publicación en el Boletín Oficial.
De esta manera, las y los monotributistas comprendidos por esta medida no tendrán la obligación de pagar el componente impositivo correspondiente en septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2023, y enero y febrero de 2024.
No obstante, la resolución también fijó las fechas en las que los contribuyentes deberán realizar el pago prorrogado.
Monotributo: ¿Hasta cuándo se dejará de pagar el componente impositivo?
De acuerdo a lo establecido en la Resolución General, los monotributistas de las categorías A, B, C y D deberán abonar antes del 20 de marzo del 2024 el componente correspondiente a los periodos de septiembre y octubre de 2023.
Respecto del periodo que abarca los meses de noviembre y diciembre de 2023, la fecha de vencimiento para el pago es del 22 de abril de 2024; mientras que el pago del componente tributario de enero y febrero de 2024 se debe efectuar hasta el 20 de mayo (incluído ese día).
"El referido ingreso mensual podrá efectuarse a través de las modalidades previstas en el artículo 36 de la Resolución General N° 4.309, sus modificatorias y complementarias -Volante Electrónico de Pago (VEP), código de respuesta rápida “QR”, débito directo en cuenta bancaria, débito automático mediante tarjeta de crédito, débito en cuenta a través de cajeros automáticos y las restantes modalidades de pago electrónico (plataformas de pago, billeteras virtuales, “homebanking”, entre otras)-", señala la resolución.
Por otra parte, expertos señalaron que, durante este período, el pago de las cuotas del monotributo se puede continuar realizando a través de las diversas modalidades que, asimismo, detalla la reglamentación.
A través de las redes sociales, el ministro también anunció el acceso a créditos por hasta 4 millones de pesos para monotributistas, dependiendo de la categoría, a pagar en 24 cuotas a la mitad de la tasa bancaria con garantía 100% del Estado.
"Y ponemos en marcha el monotributo productivo para la incorporación a la economía formal de los trabajadores independientes", expresó Massa en otro de los mensajes que difundió por Instagram y Twitter.