¡Ley de Alquileres! Estos son los cambios que propone la oposición: duración de contratos, ajustes e incentivos
En caso de alcanzar el quórum necesario, mañana se realizará el tratamiento de los cambios a la normativa vigente que propone, entre otros puntos, la reducción del plazo de los contratos, incrementos acordados entre las partes y excenciones impositivas para los propietarios.
Este miércoles se llevará a cabo la sesión en la que se debatirán posibles modificaciones a la Ley de Alquileres en el Congreso. Impulsado por legisladores de Juntos por el Cambio, el dictamen de minoría propone cambios en los puntos clave de la normativa: reducción del plazo de contrato, incrementos “acordados por las partes” y excenciones impositivas para los propietarios.
El pedido fue realizado por representantes de la oposición tras las PASO, aunque desde Juntos por el Cambio vienen insistiendo hace tiempo con la derogación de la norma que regula las condiciones de alquiler. Al no poder acceder a su objetivo principal, se solicitó el tratamiento de modificaciones, que también fue acompañado por la legisladora Graciela Camaño y el mendocino Omar de Marchi, del PRO.
Si se consigue el quórum necesario para la sesión especial (se necesitan dos tercios de la cámara baja), sería la primera vez que la Ley de Alquileres, sancionada en 2020, es sometida a un debate parlamentario.
Desde que entró en vigencia la normativa, que dispone contratos mínimos de 3 años de duración y ajustes solo una vez al año, según un Indice de Contratos de Locación, la oferta de propiedades en alquiler se redujo hasta un 60% en la Ciudad de Buenos Aires. En paralelo, los inmuebles comenzaron a cobrarse en dólares y muchos dueños decidieron volcar sus propiedades a plataformas de alquileres temporales, factores que complicaron más aún la crisis habitacional en CABA.
Las modificaciones presentadas por la oposición
La propuesta de los legisladores opositores está conformada por 4 capítulos y 14 artículos. A continuación el detalle de las principales modificaciones a tratarse mañana en el Congreso.
- Duración del contrato
El plazo mínimo del contrato será de dos años y se considerará de ese plazo si su duración no está estipulada, pero el inquilino o locatario puede renunciar a ese plazo, en caso de preaviso, bajo ciertas condiciones.
- Depósito y adelanto
En caso de vivienda habitacional, no puede exigirse al inquilino o locatario el pago de alquileres anticipados ni depósitos de garantía superiores a un mes. Este último, además, debe ser devuelto al valor del último mes de alquiler o la parte proporcional si la garantía es inferior al mes.
- Reparaciones en la unidad
Se establece que el propietario deberá hacerse cargo de las reparaciones urgentes en no más de 24 horas desde la notificación del inquilino o locatario y en no más de 10 días corridos en caso de reparaciones no urgentes. Si transcurridos esos plazos no hay respuesta, el inquilino puede hacerse cargo de las reparaciones, con cargo de los costos al propietario.
- Finalización del contrato
El contrato puede ser resuelto antes de que expire su plazo por parte del inquilino, pero no antes de los primeros 6 meses de contrato. Transcurrido ese plazo, puede hacerlo, pero notificando al propietario con al menos un mes de anticipación y pagando en concepto de indemnización, el equivalente a un mes y medio de alquiler. A su vez, si la notificación se realiza con al menos 3 meses de anticipación, no corresponde indemnización o penalidad alguna.
- Aumentos
Los incrementos en el alquiler “podrán realizarse con la periodicidad que acuerden las partes, por intervalos de entre tres (3) y doce (12) meses. Además, da como método de ajuste una variedad de posibilidades, desde el uso del Índice de Precios al Consumidor (IPC) del Indec, esto es la inflación minorista, hasta precios mayoristas, el índice salarial del Indec o una combinación de dichos índices, según las partes acuerden”.
- Exenciones impositivas a los propietarios
La oposición propone exenciones al monotributo para aquellos propietarios que “no realicen más de tres actividades simultáneas o no posean más de tres unidades de explotación". Además se sugiere la exención del pago del impuesto a los Bienes Personales sobre los bienes ofrecidos en locación para casa-habitación, con contratos debidamente registrados”.
También se exime del pago del impuesto al cheque las operaciones bancarias “utilizadas en forma exclusiva para las operaciones inherentes a la actividad de locación de inmuebles con destino casa - habitación, cuyos contratos se encuentren debidamente registrados”.
Propuesta de las inmobiliarias
Este lunes cinco de las principales entidades inmobiliarias presentaron una carta a la presidenta de la Cámara de Diputados, Cecilia Moreau, con propuestas propias para modificar la ley vigente.
La Cámara Inmobiliaria Argentina presentó un petitorio al que adhirieron Cámara Empresaria de Desarrolladores Urbanos, la Asociación Empresarios de la Vivienda, la Federación inmobiliaria de la República Argentina y la Fundación de Estudios para Desarrollos Inmobiliarios solicitando una reducción del plazo mínimo de los contratos de 3 a 2 años.
Además, el petitorio incluye la aplicación de ajustes en el valor de alquiler más frecuentes (la normativa vigente establece que sean anuales), para prevenir valores iniciales excesivos en prevención del posterior deterioro debido a la erosión del ingreso que provoca una inflación para el propietario.