Política
Las claves del DNU que restringe la circulación en el AMBA
El Decreto de Necesidad y Urgencia fue firmado por el presidente Alberto Fernández y se verá reflejado en las próximas horas en el Boletín Oficial. Conocé todos los detalles.
El Gobierno nacional publicará en las próximas horas en el Boletín Oficial las medidas dispuestas para el Área Metropolitana Buenos Aires (AMBA) para combatir la nueva ola de coronavirus.
Los siguientes son los puntos salientes del DNU firmado por el presidente Alberto Fernández, con vigencia del 16 al 30 de abril, según indicaron fuentes oficiales:
Qué actividades se suspenden
- Centros comerciales y shoppings.
- Las actividades deportivas, recreativas, sociales, culturales y religiosas en lugares cerrados.
- Locales comerciales entre las 19 horas y las 6 horas del día siguiente, con excepción de los esenciales con horario nocturno.
- Locales gastronómicos (restaurantes, bares, etc.) entre las 19 horas y las 6 horas del día siguiente. Luego de las 19 podrán continuar bajo las modalidades delivery y "para llevar" (take away). Entre las 6 y las 19 horas sólo podrán atender a sus clientes en espacios habilitados al aire libre.
Ampliación de restricción para circular
- De 20 horas a 6 horas del día siguiente.
Restricción en el ámbito educativo
- Se suspenden las clases presenciales y las actividades educativas no escolares presenciales en los todos los niveles en el período comprendido entre los días lunes 19 de abril y 30 de abril inclusive.
El DNU que será publicado en Boletín Oficial
DECRE-2021-0241-APN-PTE by Roberto Lastimanadie on Scribd