La reforma laboral de la Ley Bases: la figura del "colaborador" y los despidos con causa por bloqueos de empresas, entre varios cambios
Otro capítulo central de la reforma de la legislación laboral que incluye la Ley Bases es la ampliación del período de prueba de tres a seis meses y de hasta ocho meses en empresas de seis a 100 trabajadores.
La Cámara de Diputados debate esta jornada la Ley Bases, la cual incluye una reforma laboral, y el oficialismo estima que tiene los votos necesarios para su aprobación. Entre varias modificaciones, la nueva normativa permitirá despedir a trabajadores con causa justa por bloqueos y tomas de empresas. Al mismo tiempo, se incorporará la figura del “colaborador”, con la cual se habilitará a las pequeñas empresas a contratar tres empleados para una determinada tarea, sin generar relación de dependencia.
De esta forma, se pueden mencionar las modificaciones a la legislación laboral que forman parte de la denominada Ley Bases, que esta noche obtendría la sanción por más de 140 votos. Luego de que el oficialismo aceptará las modificaciones que realizó el Senado, acordó con los bloques dialoguistas un respaldo a la primera iniciativa que se aprobará en la gestión del presidente Javier Milei.
En ese sentido, la denominada "modernización laboral" eliminará las multas por trabajo no registrado, a cambio de regularizar la situación de ese empleado. Luego, permite establecer acuerdos para reemplazar la indemnización por un fondo de cese laboral como tiene la Unión Obrera de la Construcción.
Tal y como se mencionó, la normativa incorporará una nueva figura llamada "colaborador" para que las pymes puedan contratar a tres trabajadores sin establecer un vínculo de relación de dependencia. En tanto, se amplía el período de prueba de tres a seis meses, en empresas de seis a 100 trabajadores.
Otro de los cambios incorporados por el Senado es el artículo que disminuye de cinco a tres los trabajadores que puede tener una minipyme para que sean considerados colaboradores. Es decir, que estas firmas tendrán un sistema especial que no podrá considerarse personal en relación de dependencia.
Este sistema se basará “en una relación autónoma, sin que exista vínculo de dependencia entre ellos, ni con las personas contratantes de los servicios u obras e incluirá tanto para el trabajador independiente como para los trabajadores colaboradores, y hará un aporte que comprenda la cotización al Régimen Previsional, al Régimen Nacional de Obras Sociales y Sistema Nacional del Seguro de Salud y al Régimen de Riesgos del Trabajo, en las condiciones y requisitos que establezca la reglamentación”.
Por otra parte, uno de los temas centrales que afecta al sindicalismo, que era eliminar la cuota solidaria a los sindicatos, no fue incluido en el megaproyecto. Sin embargo, el oficialismo logró un artículo que sanciona con el despido con causa justa los bloqueos o tomas de las empresas.
Puntualmente, el artículo 94 del proyecto del Senado que aceptará diputados fija que “podrá configurar grave injuria laboral, como objetiva causal de extinción del contrato de trabajo, la participación activa en bloqueos o tomas de establecimiento”.
De este modo, señala que se presume que existe injuria “grave cuando durante una medida de acción directa se afecte la libertad de trabajo de quienes no adhieran a la medida de fuerza, mediante actos, hechos, intimidaciones o amenazas; se impida u obstruya total o parcialmente el ingreso o egreso de personas y/o cosas al establecimiento y se ocasionen daños en personas o en cosas de propiedad de la empresa”.
El dictamen de mayoría también establece que se autorizará un cambio en el régimen de indemnizaciones para habilitar que mediante acuerdos entre gremios y empresarios se pueda modificar el convenio colectivo de trabajo para que se pueda reemplazar por un fondo de cese laboral, como tiene el gremio de la UOCRA.
En cuanto a las multas se estableció la eliminación de las infracciones, multas y sanciones a los empresarios que no hayan registrado a sus empleados, se les perdonará la deuda por capitales e intereses cuando se originen en la falta de aportes al sistema de seguridad social y se bajará el Registro de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL), siempre cuando al momento de aprobarse la ley se regularice a los empleados; y se estableció que los empleados podrán computar hasta 5 años de aportes.
También el proyecto que se votará mañana incorpora la figura de despido discriminatorio originado por motivos de, entre otros, raza, religión, opinión política o gremial, sexo, género, orientación sexual, caracteres físicos o discapacidad, y en este caso establece una indemnización agravada entre el 50 y el 100 por ciento.