La Administración Federal de Ingresos Públicos ( AFIP) anunció que reintegrará un total de más de 1.345 millones de pesos a más de 649.000 pequeños contribuyentes, número que incluye a 557.000 monotributistas y 92.000 autónomos de todo el país.

En ese sentido, la devolución alcanzará a los monotributistas y autónomos que abonaron durante 2021 sus obligaciones por débito automático o tarjeta de crédito, que cumplan además con el requisito de haber pagado en tiempo y forma su cuota mensual.

Las personas beneficiadas recibirán un importe equivalente al impuesto integrado mensual, que será acreditado automáticamente en las cuentas bancarias o tarjetas de crédito adheridas como medio de pago por cada uno de las y los contribuyentes cumplidores.

Desde el organismo se indicó que, en el caso de contribuyentes que hayan iniciado la actividad el año pasado y por ello no hubieran abonado 12 meses completos, tendrán la devolución del 50%, siempre que la cantidad de cuotas pagadas en término fueran entre 6 y 11, ambas inclusive.

En total, la cantidad de pequeños contribuyentes que recibirán el reintegro este año es un 62% superior a la de 2021, y el incremento responde principalmente a un mayor cumplimiento por parte de los monotributistas y autónomos.

De esta forma, la AFIP destacó que el reintegro para monotributistas y autónomos “se suma a otros beneficios puestos en práctica en los últimos meses para pequeños contribuyentes como la moratoria y la condonación de deudas hasta $ 100.000 contenidos en la ley de alivio fiscal, herramientas que fueron utilizadas por más de 857.000 pequeños contribuyentes”.

El monto acreditado -o los motivos por los cuales no se realizó el reintegro- podrá consultarse en el servicio “CCMA – Cuenta Corriente de Monotributistas y Autónomos”, al que se ingresa con clave fiscal, y los pequeños contribuyentes que deseen adherir al débito automático pueden obtener información en www.afip.gob.ar.

Por su parte, el organismo mantiene abierta la posibilidad hasta el 31 de mayo de  regularizar las obligaciones de los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales.

A su vez, este también la AFIP actualizó el valor mínimo a partir del cual es obligatorio declarar la compra-venta de autos y motos usados, y emitir el Certificado de Transferencia del Automotor (CETA).