La AFIP recategorizó a más de 4 millones de monotributistas y dispuso un plan de pagos para las deudas
La tabla con los nuevos valores se aplicó para los meses de enero, febrero, marzo, abril y mayo, asignando uno nuevo categoría a los contribuyentes afectados. Quienes tengan diferencias que saldar, podrán hacerlo en cuotas. Más detalles en la nota.
La AFIP categorizó a más de 4.000.000 de monotributistas de acuerdo con la escala que correspondía encontrarse encuadrado a partir de febrero de este año, en función de lo establecido por ley y en igual proporción que la evolución del haber mínimo jubilatorio.
El organismo informó que, bajo este esquema, categorizó a "4.077.376 monotributistas, aplicando la tabla con los nuevos valores de los distintos componentes del monotributo (impositivo, seguridad social y salud) para los meses de enero, febrero, marzo, abril y mayo, asignando una nueva categoría a cada contribuyente".
La Ley 27.618 aprobada por el Congreso estableció que el organismo debe, por única vez, volver a categorizar a los pequeños contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado en la categoría que les corresponda, considerando los valores de los parámetros de ingresos brutos y valores de los alquileres que resulten de la actualización.
"Los nuevos valores se actualizaron en igual proporción que el haber mínimo jubilatorio y las escalas pueden consultarse en afip.gob.ar/monotributo/categorias.asp", señaló la AFIP en un comunicado.
Para conocer las categorías asignadas, los contribuyentes deben "ingresar con su CUIT y Clave Fiscal en monotributo.afip.gob.ar", y tendrán plazo hasta el 25 de junio para solicitar una eventual nueva modificación.
Los monotributistas que estén adheridos al débito automático y quieran solicitar la modificación de la categoría asignada tienen tiempo hasta el 11 de junio, y el pago de la cuota será debitado por el valor de los importes actualizados.
Las diferencias acumuladas de enero a mayo producto de la nueva categorización se podrán pagar a través de transferencia electrónica de fondos, pago electrónico mediante la utilización de tarjetas de crédito y/o débito o cualquier otro medio de pago electrónico admitido o regulado por el Banco Central de la República Argentina.
Los pequeños contribuyentes pueden financiar en hasta en 20 cuotas la diferencia generada como resultado del proceso de categorización de los monotributistas previsto en la ley 27.618. La adhesión a los planes de facilidades de pago para monotributistas estará disponible a partir del 1° de julio en el portal monotributo.afip.gob.ar. El monto mínimo a saldar en cada cuota es de 500 pesos.
La explicación de la AFIP a los monotributistas
La legislación contempla que las escalas y los tres componentes del monotributo (impositivo, seguridad social y obra social) se actualizan dos veces al año, en enero y julio. Según dio a conocer el organismo, esto garantiza el financiamiento a la seguridad social y el sistema de salud, al tiempo que incrementa los montos que pueden facturarse anualmente en cada escala.
En cada oportunidad. los monotributistas deben recategorizarse en forma obligatoria. La normativa vigente establece que la actualización es equivalente a la variación del haber jubilatorio mínimo garantizado. Sin embargo, la movilidad jubilatoria estuvo suspendida durante la segunda parte de 2020. Por eso, en enero de 2021 no fue posible adecuar los valores y escalas del monotributo.
De esta forma, los pequeños contribuyentes debieron recategorizarse en enero con valores y escalas que no habían sido actualizadas. La ley que creó el Régimen de Sostenimiento e Inclusión Fiscal para Pequeños Contribuyentes sancionada en abril de 2021 subsanó esos problemas al instrumentar nuevamente la movilidad y contemplar, por única vez, una categorización que se realizó a partir de la información disponible en la AFIP sobre la facturación de cada contribuyente.
Esa medida permite facturar más y al mismo tiempo actualiza los montos de las obligaciones que fundamentalmente financian la seguridad social y el sistema de salud.