Impuesto a las Ganancias para el aguinaldo: suben el tope a partir del cual hay que pagar el tributo
El Ministerio de Economía, organismo dirigido por Sergio Massa, fijó un nuevo monto de salario bruto a partir del cual los trabajadores deben abonar el Impuesto a las Ganancias por el aguinaldo. La medida beneficia a más de medio millón de personas.
El Ministerio de Economía dispuso que los trabajadores que cobran salarios brutos de hasta $880.000 no deberán pagar el Impuesto a las Ganancias por el medio aguinaldo que se abonará en este mes de junio.
La información fue dada a conocer por el organismo que maneja Sergio Massa a través de un comunicado en el que también se consignó que la medida beneficiará a más de medio millón de trabajadores de todo el país.
El proyecto de decreto que aumenta la exención del inciso z del artículo 26 de la Ley de Impuesto a las Ganancias indica que "los sueldos anuales complementarios estarán exentos de Ganancias si la remuneración mensual del trabajador no supera los $ 880.000 brutos", lo que equivale a 10 veces el Salario Mínimo Vital y Móvil.
De acuerdo con lo que se informó desde el Palacio de Hacienda, se trata de un beneficio extraordinario por única vez para los trabajadores que pagan el Impuesto a las Ganancias y tiene como objetivo recomponer el poder adquisitivo y proyectar que esta mejora del salario de bolsillo se traduzca en mayor consumo y actividad económica.
"La medida beneficia a 513.000 trabajadores de todo el país que se encuentran sujetos a retenciones de Ganancias y registran salarios brutos mensuales de entre $506.230 y $880.000", precisaron desde el Ministerio de Economía.
En este sentido, más del 50% de los trabajadores que actualmente pagan el impuesto están alcanzados por el beneficio. La iniciativa dispuesta por Massa implica una mejora de bolsillo promedio por empleado que supera los $110.000 ($112.600), y un incremento sobre el salario mensual promedio de bolsillo del 26%.
En el caso del aguinaldo, como la retención del impuesto se va calculando mes a mes, lo que se pondrá en marcha ahora es el retorno de lo retenido para estos salarios en dos cuotas mensuales, iguales y consecutivas, junto con el cobro de las remuneraciones mensuales devengadas en junio y julio. Para ello, los empleadores deberán exponer la devolución en un renglón separado del recibo de sueldo, identificando claramente el beneficio de la medida.
La medida dispuesta por Sergio Massa, en números
El Ministerio de Economía dio a conocer el números de trabajadores beneficiados por la medida:
- Industria manufacturera: 92.640.
- Enseñanza: 72.598.
- Intermediación financiera y servicios de seguros: 56.059.
- Servicios de transporte y almacenamiento: 43.570.
- Información y comunicaciones: 41.633.
- Salud humana y servicios sociales: 33.682
- Comercio al por mayor y menor y reparación de vehículos automotores: 29.110.
- Exploración de minas y canteras: 28.501.
- Construcción: 19.669.
- Servicios de asociaciones y servicios personales: 18.161.
- Suministros de electricidad, gas, vapor y aire acondicionado: 16.923.
- Policía y fuerzas de seguridad: 14.582.
- Servicios profesionales, científicos y técnicos: 13.770.
- Actividades administrativas y servicios de apoyo: 12.552.
- Suministros de agua, cloacas, gestión de residuos y recuperación de materiales: 8.376.
- Agricultura, caza, silvicultura y pesca: 4.515.
- Servicios artísticos, culturales, deportivos y de esparcimiento: 3.092.
- Servicios de alojamiento y comida: 2.236
- Servicios inmobiliarios: 1.013.
- Servicios de organizaciones y órganos extraterritoriales: 318.
El nuevo piso para el Impuesto a las Ganancias
El Gobierno había formalizado el pasado 11 de mayo el nuevo mínimo no imponible para el Impuesto a las Ganancias para el período fiscal 2023 para la cuarta categoría en $506.230 mensuales brutos.
Según se detalló en su momento, a la medida que beneficia a 250.000 personas, se le sumó la ratificación de la eximición de Ganancias a los adicionales salariales de más de 600.000 trabajadores que cobran estos conceptos, como bonos por productividad, horas extras y antigüedad.
A través del decreto 267/2023 publicado en el Boletín Oficial, se determinó que por el nuevo piso de Ganancias no corresponderá retención alguna del tributo cuando la remuneración bruta no supere los $506.230.
Además, en aquellos meses en que la remuneración bruta del mes supere los $506.230 y resulte inferior o igual a $583.851, los agentes de retención computarán una deducción especial incrementada.
Desde enero de 2023 no pagaban el Impuesto a las Ganancias las remuneraciones brutas mensuales que no superen los $404.062.