Impuesto a las Ganancias: la AFIP reglamentó las modificaciones y los salarios hasta junio no estarán incluidos
Los cambios se aplicarán a partir de julio, por lo cual no se verán afectados los sueldos hasta junio inclusive. La reglamentación llega tras la aprobación de la Ley de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes.
Se reglamentó este miércoles por parte de la Agencia Federal de Ingresos Públicos ( AFIP) las modificaciones para el pago del Impuesto a las Ganancias para los trabajadores en relación de dependencia.
Los salarios hasta junio no serán afectados retroactivamente, ya que los cambios se aplicarán a partir del mes de julio.
Quienes recibieron el pago de sus haberes hasta el 30 de junio, aunque la perciban en julio, se les aplicarán la norma anterior.
Por su parte, los haberes que se devenguen desde el 1 de julio en adelante, quedarán sujetos a la nueva Resolución General.
Los cambios surgen tras la aprobación de la ley de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes en el Congreso de la Nación argentina.
Además, en septiembre se actualizarán de manera excepcional los montos de deducciones personales y la escala del impuesto.
En cuanto al coeficiente de actualización, se basará en la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) correspondiente a los meses de junio a agosto de 2024.