En medio de cambios en la legislación fiscal argentina, la reimposición del Impuesto a las Ganancias está generando impactos directos en los bolsillos de los trabajadores. Según las nuevas disposiciones, los contribuyentes verán modificados sus descuentos según sus ingresos brutos y la composición de su grupo familiar. A continuación, se presentan los principales aspectos del proyecto oficial y del régimen vigente desde enero de este año, implementado por una ley aprobada en 2023:

Nuevos umbrales para el impuesto a las Ganancias

El gobierno ajustó los umbrales de ingresos que determinan la obligación de pagar el impuesto a las Ganancias. Anteriormente establecido en $2,34 millones de ingreso bruto (equivalente a $1.954.944 netos), el nuevo umbral se reduce a $1,8 millones para aquellos sin deducciones por cónyuge, hijos u otros gastos específicos. Por otro lado, los empleados con cónyuge y dos hijos menores de 18 años declarados a su cargo ahora tienen un umbral elevado a poco más de $2,36 millones, resultando en ingresos netos de $1.981.278 después de descontar los aportes a la seguridad social.

Por ejemplo, un asalariado con dos hijos menores a cargo ahora comenzará a tributar a partir de una remuneración bruta de $2.094.799, lo que se traduce en un salario neto de $1.738.683 después de descontar las contribuciones obligatorias.

Actualización del tributo

El sistema de ajuste del impuesto a las Ganancias contempla dos actualizaciones anuales, tanto en los umbrales mínimos de ingresos para comenzar a tributar como en las tablas de alícuotas utilizadas en el cálculo del impuesto. Estas actualizaciones están programadas para enero y julio de cada año, ajustadas según el índice de inflación semestral.

El ajuste de julio de cada año tiene un efecto retroactivo al inicio del período fiscal, lo cual beneficia a los empleados al comenzar el año con nuevas bases impositivas. En 2024, se contempla una excepción con una actualización adicional en septiembre, basada en la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) entre junio y agosto. Suponiendo una inflación del 15% para ese trimestre, el umbral de ingresos para comenzar a tributar pasaría de $1,8 millones a aproximadamente $2,07 millones.

Comparativamente, la ley anterior preveía una sola actualización en julio. El ingreso mínimo sujeto a carga fiscal se calculaba multiplicando el Salario Mínimo, Vital y Móvil por 15. Para el primer semestre, se consideraba el SMVM vigente en enero, que actualmente es de $2,34 millones. Para el segundo semestre, se proyectaba utilizar el SMVM de julio, además de recalibrar los impuestos cobrados desde enero, lo cual representaba un alivio significativo para los contribuyentes. A la fecha, aún no se ha determinado el valor del SMVM para el próximo mes; de mantenerse el valor actual, el umbral más bajo para el impuesto habría aumentado de $2.340.000 a $3.514.727.

Reintegro de Deducciones en Ganancias: Cómo Impactará en tus Finanzas

La reforma implementada con la nueva normativa no solo redefine la base salarial desde la cual se inicia la tributación y ajusta la metodología de cálculo, sino que también reintroduce deducciones por familiares a cargo y ciertos gastos específicos, como alquileres y honorarios médicos (anteriormente limitados únicamente a pagos por servicios domésticos).

Las deducciones por familiares a cargo están condicionadas a ciertos criterios. El cónyuge o conviviente no debe percibir ingresos propios significativos, y en caso de tenerlos, se permiten montos reducidos, con un máximo de $3.091.035 para todo el año 2024. Los hijos deben ser menores de 18 años o estar incapacitados para trabajar. Para el cónyuge, el monto deducible sería de $3.153.729,58 este año. Por cada hijo menor, la deducción sería de $1.590.437,33, y para hijos incapacitados, de $3.180.875.

Las deducciones por gastos tienen límites anuales específicos. Entre las principales se encuentran: el alquiler de vivienda (deducción del 40%, con un máximo de $3.091.035 este año); salarios y contribuciones del servicio doméstico (límite de $3.091.035); gastos educativos de los hijos (hasta $1.236.414 por año); honorarios médicos; cuotas de medicina prepaga; donaciones; seguros de vida y de retiro.

Además, existe una deducción por intereses de créditos hipotecarios para vivienda, limitada a $20.000 anuales, una cifra congelada desde hace décadas. A pesar de los intentos en el Senado por aumentar este límite a $3.091.035, la propuesta fue rechazada en la Cámara alta en relación al capítulo de Ganancias.

Exenciones del impuesto a las Ganancias

El proyecto aprobado también introduce cambios significativos en las exenciones existentes. Se eliminarán las exenciones para las diferencias entre el valor de las horas extras y las horas ordinarias trabajadas durante feriados, días inhábiles y fines de semana. Además, se eliminarán las exenciones aplicables a bonos por productividad, pagos por fallo de caja y los ingresos provenientes de guardias médicas.

Adicionalmente, ya no se permitirán deducciones de montos de la base imponible por conceptos de viáticos y gastos de movilidad.

Sin retroactividad en 2024

La iniciativa establece un mecanismo para garantizar que, aunque el impuesto a las Ganancias se calcula de manera anual, las remuneraciones percibidas desde enero hasta la entrada en vigor de la nueva ley no se vean afectadas por las nuevas normas. En otras palabras, los cambios no tendrán efecto retroactivo, protegiendo así los ingresos recibidos durante ese periodo bajo las reglas anteriores.

Ejemplos concretos para calcular el impacto

Caso 1: Asalariado con remuneración bruta de $2,5 millones sin deducciones

Nuevo régimen: Pagará un impuesto de $15.231.

¿Por qué?: Con una remuneración neta de $2.075.000 después de la seguridad social, se calcula el impuesto aplicando las alícuotas correspondientes sobre la diferencia entre el salario neto y el umbral de $1,8 millones.

Régimen actual: No pagaría nada, ya que el ingreso bruto está por debajo del umbral de $2,34 millones, por lo tanto no hay carga impositiva.

Caso 2: Empleado con sueldo de $4,5 millones sin deducciones

Nuevo régimen: Tendrá un descuento de $567.854.

¿Por qué?: Con una remuneración neta de $3.735.000 después de la seguridad social, se calcula el impuesto aplicando las alícuotas correspondientes sobre la diferencia entre el salario neto y el umbral de $1,8 millones.

Con cónyuge y dos hijos menores a cargo: Pagará $395.950, ya que las deducciones por cónyuge y dos hijos menores a cargo reducen la base imponible, resultando en un menor monto de impuesto a pagar.

Régimen actual: El descuento sería de $729.518, ya que se calcula el impuesto aplicando las alícuotas correspondientes sobre la diferencia entre el salario neto y el umbral de $2,34 millones, sin considerar deducciones adicionales por personas a cargo.

Es importante mencionar que los ejemplos proporcionados son orientativos y corresponden a salarios del mes actual. El cálculo se realiza en base anual, considerando doce salarios y el aguinaldo. El importe del impuesto se divide por 12 para obtener resultados mensuales. Estos ejemplos deben tomarse como una guía, ya que durante el año hay variables que pueden cambiar de manera dinámica.