Este jueves, el Gobierno nacional publicó un Decreto de Necesidad y Urgencia ( DNU) en el Boletín Oficial en donde prorrogó hasta el 30 de junio de 2022 la emergencia ocupacional. De este modo, se extenderá por otros seis meses la prohibición de despidos sin justa causa en todo el territorio nacional. 

Asimismo, se establecido un nuevo cronograma en donde habrá una reducción del recargo indemnizatorio con un descenso escalonado durante el primer semestre del próximo año en relación al  Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 34/19.

En el DNU que lleva la firma del presidente Alberto Fernández y del gabinete nacional, se destaca que pese a haberse registrado una "notoria recuperación", en los niveles de desempleo, el cual se ubicó en el 8,2% al cierre del tercer trimestre del año, con una baja de 3,5 puntos respecto al 11,7% de igual período de 2020 y una incorporación de 129 mil trabajadores al empleo formal entre enero y septiembre del presente año, aún el número no es el deseado para poder ponerle fin a la prohibición de despidos.

Esta medida establece que se extenderá la emergencia ocupacional hasta junio del 2022 y habrá un nuevo esquema con un marcado descenso escalonado (imagen ilustrativa).

El Poder Ejecutivo confirmó su decisión e indicó que "el número de trabajadoras y trabajadores con empleo registrado en el conjunto de las empresas privadas se encuentra un cinco por ciento (5 %) por debajo del nivel observado en diciembre del año 2015".

Y agregó: "es necesario mantener el objetivo de acrecentar el nivel de protección de trabajadores y trabajadoras formales mediante un incremento de los resarcimientos originados en los despidos incausados".

Nuevo esquema gradual de doble indemnización

En el  Decreto 886/21, que se publicó en el Boletín Oficial, se establece que habrá un reemplazo del régimen de doble indemnización, el cual tuvo modificaciones en este año que derivaron en la imposición de un tope en $500 mil al recargo. No obstante, desde enero comenzará a regir un nuevo esquema.

El cronograma dispuesto este jueves mediante el mencionado decreto será para el caso de despido sin causa y le permitirá al trabajador o trabajadora afectada recibir, además de la indemnización que corresponde por ley "un incremento equivalente al setenta y cinco por ciento (75 %) del monto de la misma, desde el 1º de enero de 2022 y hasta el 28 de febrero de 2022; del cincuenta por ciento (50%) a partir del 1º de marzo de 2022 y hasta el 30 de abril de 2022 y del veinticinco por ciento (25 %) desde el 1º de mayo de 2022 y hasta el 30 de junio de 2022".

En tanto, el decreto especifica que "a los efectos de establecer el cálculo de la indemnización definitiva, en los términos del artículo 2º del presente decreto, el monto correspondiente al incremento no podrá exceder, en ningún caso, la suma de pesos quinientos mil". De esta manera el tope mencionado previamente continuará vigente, principalmente para aquellas indemnizaciones que excedan ese monto inclusive ajustándose al nuevo esquema.

Decreto de Necesidad y Urgencia publicado este jueves en el Boletín Oficial